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Reasignarán solares a familias que los necesiten

Se busca que las áreas poblacionales crezcan de manera ordenada y acelerar la introducción de servicios básicos

San Fernando, Tam.

Recogerán terrenos en arrendamiento que no estén al corriente y serán reasignados a familias que realmente los necesiten.Reasignarán solares a familias que los necesiten

Los solares enmontados y abandonados que no estén al corriente en contribución del contrato de arrendamiento, serán reasignados a familias que no cuenten con un predio propio.

El responsable de tenencia de la tierra, Misael Hinojosa Ortiz, aseguró que con estas acciones se busca que las áreas poblacionales crezcan de manera ordenada y acelerar la introducción de servicios básicos.

Además de evitar que los asentamientos urbanos tengan terrenos baldíos, enmontados y abandonados, que representan un problema de salud pública, por el criadero de animales ponzoñosos.

El funcionario reveló que en el pago de este impuesto se tiene rezago del 84 por ciento, cumpliendo únicamente el 16 por ciento de los contribuyentes en el 2023.

Además, se ha observado incumplimiento en algunas cláusulas del contrato de arrendamiento, por lo que se hará efectiva la aplicación con miras a establecer estrategias que mejoren el ordenamiento e higiene en la zona urbana y, por añadidura, impulsar la contribución de este impuesto, lo que se traducirá en más beneficios para el municipio.

Entre las cláusulas de arrendamiento a considerar: la renta anual estipulada por el predio; este arrendamiento principia en la fecha del contrato, con vencimiento el día 31 de diciembre del mismo año.

Implica la cuarta cláusula que el arrendatario debe, de inmediato, bardear o circular el lote, y en lo sucesivo mantener limpio y libre de monte y maleza.

En tanto, a seis meses, a partir de la fecha, se compromete a construir el arrendatario en el lote su casa/habitación en el entendido de que las construcciones reunirán condiciones mínimas de higiene, lo cual obedece a satisfacer las necesidades de vivienda de la población.

En el contrato con el ayuntamiento queda prohibida la cesión de derechos sin previo consentimiento municipal, y dependerá de un estudio socioeconómico que se le realizará al nuevo solicitante. En el contrato se advierte que el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas faculta al ayuntamiento a dar por terminado el mismo y como consecuencia entrar en posesión del inmueble sin necesidad de procedimiento judicial.



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