Si son deducibles los pagos a ex conyugues
El IRS informa a los contribuyentes sobre cambios en la ley tributaria relacionados con los pagos al cónyuge o ex cónyuge
Harlingen, Tx.- El IRS informa a los contribuyentes sobre cambios en la ley tributaria relacionados con los pagos al cónyuge o ex cónyuge, donde un divorcio o separación pueden afectar en la declaración de impuestos.
La Ley de Empleos y Reducción de Impuestos o TCJA modificó las reglas de estos pagos, lo que afectará a ciertos contribuyentes cuando presenten sus declaraciones de impuestos del 2019 el próximo año.
Es por ello que se mantiene proporcionando y actualizando información que ayudarán a las personas a entender estos cambios y a quién impactarán.
En general, el contribuyente que realiza pagos a un cónyuge o ex cónyuge puede deducirlo en su declaración de impuestos.
El contribuyente que recibe los pagos debe incluirlo en sus ingresos.
Más de la sección
A partir del 1ro de enero de 2019, los pagos efectuados a un cónyuge o excónyuge o sostenimiento por separado no son deducibles de los ingresos del cónyuge pagador, ni se incluyen en los ingresos del cónyuge que recibe, si se hacen bajo un acuerdo de divorcio o separación ejecutado después del 31 de diciembre de 2018.
Si un acuerdo se ejecutó el 31 de diciembre de 2018 o antes y luego se modificó esa fecha, también se aplica la nueva ley.
La nueva ley se aplica si la modificación hace estas dos cosas:
Cambia los términos de los pagos al ex cónyuge pagos de sostenimiento por separado.
Dice específicamente que los pagos al ex cónyuge y pagos de sostenimiento por separado no son deducibles por el cónyuge pagador ni se incluyen en los ingresos del cónyuge que los recibe.
Los acuerdos ejecutados a más tardar el 31 de diciembre de 2018 siguen las reglas anteriores, y si se modificó un acuerdo después de esa fecha, el acuerdo seguirá la ley anterior siempre que las modificaciones no hagan lo que se describió anteriormente.