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La rectoría del Estado

El propósito era dar amplio espacio a las actividades de la sociedad en la economía, reservando actividades al Estado

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, estableció la economía mixta como la gran decisión política del pueblo de México. Los constituyentes rechazaron la visión de un Estado totalitario dueño de todo y nunca aceptaron el liberalismo a ultranza del Estado sin responsabilidades sociales. La Constitución ofreció garantías a las libertades económicas de las personas y a la propiedad privada y social. Fijó, además, la propiedad exclusiva e intransferible de la nación para el desarrollo.

Esa fue la piedra toral de la Carta Magna promulgada por don Venustiano Carranza, el 5 de febrero del año que la identifica, en sesión solemne del Congreso Nacional efectuada en el teatro Iturbide en la ciudad de Querétaro. El propósito era dar amplio espacio a las actividades de la sociedad en la economía, reservando actividades al Estado. Estas fueron inicialmente la acuñación de moneda; los servicios de correos, telégrafos y radiotelegrafía. Con Lázaro Cárdenas y de Adolfo López Mateos se promovieron dos históricas reformas constitucionales para incorporar el petróleo y la electricidad. 

La rectoría del Estado

Pero, además, el artículo 28 se refiere a la prohibición de que existan monopolios en el país, lo cual constituye un renglón fundamental de la política económica nacional. Esta medida, convertida en postulado constitucional ya estaba contemplada en la Constitución de 185; con ella se impide la concentración y el acaparamiento de bienes y servicios en pocas manos, sobre todo en los que se refiere a los productos de primera necesidad. Actualmente este artículo debe contribuir a una política orientada a la libre producción, distribución, intercambio y consumo de los satisfactores básicos.

Y si el Artículo 28 es importante, no lo es menos el 27, que decía, gracias a los empeños de Carranza: “La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares constituyendo la propiedad privada. Las expropiaciones sólo podrán hacerse por causa de utilidad pública y mediante indemnización”. Texto tan bello como un poema de Neruda.

Además, agregaba que: “La Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el de su conservación y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana”. Nada de que unos cuantos se alzaran con la canasta para acumular bienes.

El texto constitucional de Querétaro es tan extraordinario que debe difundirse. Sigue diciendo: “En consecuencia, se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas previsiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer en los términos de la ley reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la pequeña propiedad agrícola en explotación; para la creación de nuevos centros de población agrícola con tierras y aguas que les sean indispensables; para el fomento de la agricultura y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la sociedad. Los núcleos de población que carezcan de tierras y aguas o no las tengan en cantidad suficiente para las necesidades de su población, tendrán derecho a que se les dote de ellas, tomándolas de las propiedades inmediatas, respetando siempre la pequeña propiedad agrícola en explotación”. 

Pero, llegó Salinas y desde entonces, la gran Constitución quedó en el olvido, hasta ahora que parece que hay interés en volver a la economía mixta y la justicia social.