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Su derecho a una apelación

El Seguro Social quiere asegurarse que cada decisión tomada acerca de sus beneficios sea la correcta. Por eso, consideramos cuidadosamente toda la información en su caso antes de tomar una decisión que afecte su derecho o la cantidad de sus beneficios. Una vez que tomemos una decisión sobre su reclamación, le enviaremos una carta que explique nuestra decisión. Si usted no está de acuerdo con nuestra decisión, puede apelarla —o sea, pídanos que revisemos su caso nuevamente. Cuando pida una apelación, revisaremos la decisión completa, incluso esas partes que estaban a su favor. Si nuestra decisión estuvo incorrecta, la cambiaremos.

¿Cuándo y cómo puedo apelar?

Su derecho a una apelación

Si usted solicitó para beneficios por incapacidad de Seguro Social y fue denegado, la manera más rápida y fácil para apelar su decisión es visitando nuestro sitio de internet en www.segurosocial.gov/disability/appeal (disponible

solamente en inglés). Puede descargar documentos por Internet para solicitar su apelación, lo que ayudará a reducir el tiempo que tarda en recibir una decisión del Seguro Social. Si usted vive fuera de los Estados Unidos también

puede apelar la decisión por incapacidad en el Internet. Si su solicitud de SSI fue denegada o si desea enviar el formulario de apelación por escrito, tiene que pedirlo dentro de los 60 días comenzando con la fecha en que recibió nuestra carta. Suponemos que recibió nuestra carta cinco días después de la fecha que aparece en la misma, a menos que nos muestre que la recibió más

tarde. Llame a su oficina local de Seguro Social si necesita ayuda con su apelación.

¿Cuántos niveles de apelación hay?

Generalmente, hay cuatro niveles de apelación. Estos son: Reconsideración;

Audiencia ante un juez de derecho administrativo; Revisión por el Consejo de Apelaciones; y Revisión por una Corte federal.

Cuando le enviamos una carta con nuestra decisión sobre su reclamación, le avisamos sobre cómo apelar la decisión.

En algunos casos, usted puede pedirnos que continuemos pagando sus beneficios mientras espera la decisión sobre su apelación. Usted puede pedirnos que continuemos pagando sus beneficios si: Está apelando nuestra decisión que ya no tiene derecho a beneficios de Seguro Social por

incapacidad porque su condición ha mejorado; o Está apelando nuestra decisión que ya no tiene derecho a pagos de SSI o sus pagos de SSI deben ser

reducidos o suspendidos.

Si usted quiere que sus beneficios continúen, debe notificarnos dentro de 10 días comenzando con la fecha en que recibió nuestra carta. Si rechazamos su

apelación, es probable que tenga que reembolsarnos cualquier dinero al que no tenía derecho a recibir.

¿Hay alguien que me puede ayudar?

Sí. Muchas personas tramitan sus propias apelaciones con ayuda gratis del Seguro Social. Sin embargo, usted puede elegir a un abogado, amigo u otra persona para que le ayude. La persona que usted nombre para que le ayude se llama su “representante”.

Trabajaremos con su representante de la misma manera que lo haríamos con usted. Esta persona designada por usted, puede representarlo en la mayoría de los asuntos de Seguro Social y recibirá una copia de cualquier decisión que tomemos sobre su reclamación.

Su representante no puede cobrar o recaudar honorarios si no ha recibido una aprobación por escrito del Seguro Social. Si desea más información con

respecto a tener un representante, comuníquese con el Seguro Social para obtener la publicación, Su derecho a representación la puede encontrar en nuestro sitio de Internet.

Cómo comunicarse con el Seguro Social.Visite nuestro sitio de Internet,

www.segurosocial.gov para solicitar los beneficios de Seguro Social, establecer una cuenta de my Social Security, y ver las respuestas a las preguntas más comunes. También puede comunicarse con nosotros llamando a nuestro número gratis 1-800-772-1213 (las personas sordas o con problemas de audición pueden llamar a nuestro número TTY 1-800-325-0778).

Si desea el servicio en español, oprima el 7 y espere a que le atienda un agente. Tenemos servicios de intérprete a su disposición para sus transacciones relacionadas con asuntos del Seguro Social, ya sea que nos llame o que nos visite en persona en una de nuestras oficinas locales. Podemos contestar preguntas específicas, referentes a su reclamación o caso, de lunes a viernes desde las 7:00 hasta las 19:00 horas. Todas las llamadas que recibimos las tratamos con completa confidencialidad. Queremos asegurarnos que usted reciba un servicio cortés y correcto. Es por eso que es posible que un segundo agente del Seguro Social escuche algunas llamadas. Además, ofrecemos información telefónica automatizada las 24 horas del día. Una vez más queremos acordarle que los nuestro sitio de Internet, www.segurosocial.gov ¡está a su disposición no importa la hora ni el lugar donde usted se encuentre!