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Prepárese para los impuestos: qué debe saber acerca de los créditos tributarios

Con la temporada de impuestos acercándose rápidamente, el Servicio de Impuestos Internos les recomienda a los contribuyentes a tomar tiempo ahora para determinar si son elegibles para créditos tributarios importantes.

Este es el segundo de una serie de recordatorios para ayudar a los contribuyentes a prepararse para la próxima temporada de presentación de impuestos. Recientemente, el IRS actualizó su página especial Tome medidas ahora para la temporada de presentar los impuestos de 2020.

Prepárese para los impuestos: qué debe saber acerca de los créditos tributarios

Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo

El Crédito Tributario por Ingreso del Trabajo (EITC, por sus siglas en inglés) es un crédito tributario federal reembolsable para personas trabajadoras con ingresos bajos o moderados que cumplen con ciertos requisitos de elegibilidad. Debido a que es un crédito reembolsable, aquellos que califican y reclaman el EITC pagan menos impuestos federales, no pagan impuestos o incluso pueden obtener un reembolso de impuestos. El EITC puede significar un crédito de hasta 6 mil 557 dólares para familias trabajadoras con tres o más hijos calificados. Los trabajadores sin hijos calificados pueden ser elegibles para un crédito de hasta 529.

Para obtener el crédito, las personas deben haber ganado ingresos y presentar una declaración de impuestos federales, incluso si no deben ningún impuesto o no están obligados a presentar.

Crédito Tributario por Hijos

Los contribuyentes pueden reclamar el Crédito Tributario por Hijos si tienen un hijo menor de 17 años y cumplen con otros requisitos. La cantidad máxima por niño calificado es de 2 mil dólares. Hasta 1 mil 400 de esa cantidad puede ser reembolsable por cada niño calificado. Por lo tanto, al igual que el EITC, el Crédito Tributario por Hijos puede dar a un contribuyente un reembolso incluso si no debe impuestos.

El niño calificado debe tener un número de Seguro Social válido emitido antes de la fecha de vencimiento de la declaración de impuestos, incluyendo las prórrogas. Para el año tributario 2019, esto significa el 15 de abril de 2020, o si un contribuyente obtiene una prórroga de presentación de impuestos, el 15 de octubre de 2020.

Crédito por otros Dependientes

Este crédito está disponible para los contribuyentes con dependientes para quienes no pueden reclamar el Crédito Tributario por Hijos. Estos incluyen niños dependientes que tienen 17 años o más al final de 2019 o padres u otras personas calificadas mantenidas por el contribuyente.

Créditos tributarios de educación

Existen dos créditos de educación que pueden ayudar a los contribuyentes que pagan costos de educación superior para sí mismos, un cónyuge o dependiente. El Crédito Tributario de la Oportunidad Americana (AOTC, por sus siglas en inglés) y el Crédito Perpetuo de Aprendizaje (LLC).

Asistente Tributario Interactivo

El IRS insta a los contribuyentes a usar el Asistente Tributario Interactivo (ITA, por sus siglas en inglés) de la agencia para ayudar a determinar si pueden reclamar cualquiera de estos créditos. El ITA también proporciona respuestas a preguntas generales sobre el estado civil tributario, reclamo de dependientes, requisitos de presentación y otros temas.

La presentación electrónica es fácil, segura y la forma más precisa de presentar impuestos. Hay una variedad de opciones de presentación electrónica gratis para la mayoría de los contribuyentes, que incluyen el uso de Free File del IRS o los Formularios Interactivos del IRS, o tener las declaraciones de impuestos preparadas en un sitio de Ayuda Voluntaria a los Contribuyentes o en un sitio del Programa de Asesoramiento Tributario para Personas de Edad Avanzada.

Recuerde, para mayor información sobre preguntas tributarias, planes de pago o algún otro asunto relacionado con los impuestos, visite el sitio web www.irs.gov o llame a la Línea de Servicio al Contribuyente del IRS al 1-800-829-1040 extensión 8 para español. Si necesita reportar fraude tributario llame gratis al 1-800-829-0433 y síganos en Twitter: www.twitter.com/irmaIRS.