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EXPANSIÓN DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS

El Servicio de Impuestos Internos explicó ayer cómo la expansión de los beneficios tributarios puede ayudar tanto a las personas como a las empresas a donar a organizaciones benéficas antes de que finalice este año. La Ley de Ayuda, Alivio y Seguridad Económica en Respuesta al Coronavirus (CARES), promulgada en la primavera pasada, incluye cuatro cambios tributarios temporales diseñados para ayudar a las personas y a los negocios que donan a organizaciones benéficas este año.

Nueva deducción para personas que no detallan. 

EXPANSIÓN DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS

Las personas que eligen tomar la deducción estándar, generalmente no pueden reclamar una deducción por sus contribuciones caritativas. La Ley CARES permite a estas personas reclamar una deducción limitada en sus declaraciones de impuestos federales de 2020 por donaciones en efectivo hechas a ciertas organizaciones caritativas calificadas y reclamar la deducción estándar. 

Bajo este cambio, estas personas pueden reclamar una deducción de hasta 300 dólares por donaciones en efectivo hechas durante 2020. La deducción máxima es de 150 para las personas casadas que presentan declaraciones por separado.

Límite de hasta el 100 por ciento de las donaciones en efectivo elegibles realizadas por quienes detallan en 2020. Sujeto a ciertos límites, las personas que detallan pueden reclamar una deducción por las contribuciones caritativas que hacen a organizaciones caritativas calificadas. Estos límites generalmente fluctuan entre el 20 y el 60 por ciento del ingreso bruto ajustado de una persona (AGI, por sus siglas en inglés) y varían según el tipo de donación y de organización caritativa. 

La Ley CARES permite a las personas que eligen aplicar un límite aumentado, hasta el 100 por ciento de su ingreso bruto ajustado para donaciones calificadas (“Límite Individual Aumentado”). 

Límite por sociedad anónima de tipo C aumentó al 25 por ciento de los ingresos tributables. La Ley CARES permite a las sociedades anónimas de tipo C aplicar un límite aumentado del 25 por ciento de los ingresos tributables por las donaciones caritativas en efectivo que hacen a organizaciones benéficas elegibles durante el año calendario 2020. La deducción máxima permitida normalmente es limitada al 10 por ciento de los ingresos tributables de una sociedad anónima de tipo C.

Aumento de límites en montos deducibles por negocios por ciertos inventarios de alimentos donados. Los negocios que donan inventario de alimentos que son elegibles para la deducción aumentada, el límite para estas deducciones de donaciones se aumenta del 15 al 25 por ciento. 

Mantener buenos archivos

 El IRS les recuerda tanto a las personas como a los negocios que reglas especiales de mantenimiento de archivos se aplican a cualquier contribuyente que reclame una deducción de contribución caritativa. 

Por lo general, esto incluye obtener un recibo o una carta de certificación de recibo de la organización caritativa, antes de presentar una declaración y retener un cheque cancelado o recibo de tarjeta de crédito. 

Para donaciones de bienes, se puede aplicar reglas adicionales de mantenimiento de archivos, que incluyen presentar un formulario 8283 y obtener una tasación calificada.

Para información adicional acerca de cómo aplicar los límites porcentuales descritos anteriormente y una descripción de las reglas de mantenimiento de archivos para justificar las donaciones a organizaciones benéficas, consulte la Publicación 526, Donaciones caritativas (en inglés), disponible en IRS.gov.

Para obtener más información acerca de otros alivios tributarios por coronavirus, visite IRS.gov/Coronavirus.

Recuerde, para mayor información sobre preguntas tributarias, planes de pago o algún otro asunto relacionado con los impuestos, visite el sitio web www.irs.gov o llame a la Línea de Servicio al Contribuyente del IRS al 1-800-829-1040 siga opciones para ayuda en español. Si necesita visitar una oficina de Servicio al Cliente del IRS llame al 844-545-5640 extensión #2 para hacer cita. Y para reportar estafas tributarias llame gratis al 1-800-366-4484.