Irrevocable reconocer a los hijos in vitro
Ciudad de México
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el reconocimiento de los hijos producto de inseminación artificial no se puede revocar ni impugnar, independientemente del derecho de esos menores a conocer su origen biológico.
Con el fallo emitido este miércoles por los integrantes de la Primera Sala de la Corte, se determinó que los padres de hijos nacidos por inseminación artificial tienen las mismas obligaciones y derechos que los padres biológicos o adoptivos.
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Esto incluye el pago de alimentos, las visitas y convivencias, el registro con los apellidos de los padres y el reconocimiento social de que se trata de padres e hijos.
El proyecto fue realizado por la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien resolvió un amparo promovido por la mamá de un menor concebido por inseminación artificial, quien solicitaba que se cambiara el acta de nacimiento de su hijo para quitarle los apellidos de su ex esposo.
El amparo fue negado por el Primer Tribunal Colegiado en materia Civil en la Ciudad de México y la resolución de la ministra Piña Hernández confirmó el criterio emitido por los magistrados.