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Incapacidad, sólo trabajadores

Derechohabientes podrán obtener su permiso hasta por 7 días laborables sin necesidad de acudir a una unidad médica

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) precisó que la iniciativa del “Permiso Covid 19” solo beneficia a los trabajadores derechohabientes, no incluye a sus familiares, es decir estos no podrán recibir ni tener acceso a dicho beneficio.

El IMSS precisa las disposiciones en torno al “Permiso Covid 19”.Incapacidad, sólo trabajadores

Ante el reciente aumento de contagios y el riesgo que significa la variante Omicron, el Consejo Técnico del IMSS respalda el relanzamiento del “Permiso COVID-19”.

Los trabajadores podrán obtener su permiso e incapacidad por hasta 7 días laborables sin necesidad de acudir a una unidad médica.

La información epidemiológica disponible en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) muestra que hay un incremento de contagios del virus SARS-CoV-2, presumiblemente derivado de la alta contagiosidad de la variante Ómicron.

Esta realidad está afectando notablemente a los trabajadores y a las empresas afiliadas al IMSS, y a la capacidad de respuesta de las unidades médicas encargadas de la gestión de las incapacidades.

La presencia de los trabajadores con síntomas en las empresas incide desfavorablemente en la salud de sus compañeros y en el ciclo productivo. Su desplazamiento, así como el tiempo de espera para acreditar su condición en los establecimientos médicos, hacen aconsejable la adopción de medidas extraordinarias en favor de la reducción de contagios, la salud de los trabajadores y en apoyo a la continuidad de la actividad económica.

Por ello, ante esta situación, el Honorable Consejo Técnico del IMSS respalda la iniciativa del denominada “Permiso COVID-19. Versión 3.0” que basada en la experiencia de los pasados meses de dicho Permiso y en la confianza en la buena fe de los trabajadores, permitirá que, con base a una aplicación digital, y respondiendo a un cuestionario de síntomas, historial de vacunación y padecimientos preexistentes, se pueda obtener el “Permiso COVID-19”, asimilable a una incapacidad hasta por 7 días y recibir el pago correspondiente en su cuenta bancaria.

En el caso de las madres trabajadoras que requieran tramitar su Incapacidad por Maternidad, también podrán hacerlo de manera remota a través de los servicios digitales del IMSS, evitando así traslados y protegiendo de esta forma su salud y la de su familia.

Se hace un llamado a las empresas a no pedir pruebas COVID con costo a los trabajadores para su regreso al centro laboral.

En los supuestos de prolongación de los síntomas o agravamiento de las condiciones de salud, el IMSS, a través de sus establecimientos médicos estará siempre abierto a prestar la atención a la salud que se requiera.

Pedimos a las organizaciones sindicales y al sector empresarial el máximo apoyo a dicha iniciativa, incluso ayudando al trabajador en la captura de sus datos para tramitar el mencionado “Permiso Covid-19.

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El beneficio de la incapacidad es solamente para los trabajadores no para sus familias.



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