Cuando morir es una decisión personal
La Ley de Voluntad Anticipada permite decidir sobre su salud, su cuerpo y su vida
Es común que la Ley de Voluntad Anticipada sea confundida con procedimientos como la eutanasia, o bien los suicidios asistidos que suceden en países europeos; la verdad es que se asemeja de mejor manera con un testamento con las decisiones médicas de una persona.
La definición del Instituto Nacional de Ciencia Médicas y Nutrición “Salvador Zubirán”, engloba perfectamente todos los aspectos de la esencia de la Ley.

Los expertos del organismo señalan que “la voluntad anticipada es el conjunto de preferencias que una persona tiene respecto del cuidado futuro de su salud, de su cuerpo y de su vida, y que decide cuando está en pleno uso de sus facultades mentales, en anticipación a la posibilidad de que en algún momento en el futuro se encuentre incapacitada para expresar esas preferencias y tomar decisiones por sí misma”.
Esas preferencias contienen además un respeto hacia los valores de la persona en cuestión, pues él mismo decide por su futuro en base a su entorno cultural y sus creencias religiosas.
Consideran que la Ley de Voluntad Anticipada tiene precisamente algunas semejanzas con un testamento, y las razones para elaborarla son también similares, pues en un testamento, una persona indica su deseo de cómo ha de disponerse de sus bienes cuando haya fallecido.
El paciente indica cómo quiere que se disponga de sus bienes más preciados: su salud, su cuerpo y su vida, en un momento cercano a la muerte en el que ya no sea capaz de decidir por sí misma.
Más de la sección
Por lo general, se hace referencia a la voluntad anticipada en el contexto de una enfermedad terminal, un estado de coma o un estado de sufrimiento irreversible, que son situaciones en que la persona pierde la capacidad de expresar sus deseos y decidir por sí misma.
En estas circunstancias, “el conocer la voluntad anticipada de una persona puede facilitar la toma de decisiones tales como: cuáles tratamientos médicos han de aplicarse y cuáles han de evitarse, cuáles síntomas han de tratarse y cuáles síntomas pueden permitirse, qué hacer en caso de que la persona pierda la capacidad de alimentarse por sí misma, qué hacer en caso de que los tratamientos médicos ya no sean útiles y la muerte sea inevitable, qué hacer en caso de que ocurra un paro cardiorrespiratorio o decidir si el fallecimiento ha de ocurrir en casa o en el hospital”.
Más aún, el Instituto Nacional de Ciencia Médicas y Nutrición menciona que conocer la voluntad anticipada de una persona permite que su dignidad sea respetada hasta el último momento, lo cual maximiza la calidad de vida.
Cuando una persona pierde la capacidad de expresar sus preferencias y decidir por sí misma, la responsabilidad de decisiones sobre su salud, su cuerpo y su vida recae en su representante legal, que casi siempre es un familiar cercano.