SSI PARA NO CIUDADANOS DE LOS ESTADOS UNIDOS

Por lo general, si no es ciudadano de los Estados Unidos en una de las categorías otorgadas por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS), puede tener derecho a Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI) si:

• Vivía legalmente en los Estados Unidos desde el 22 de agosto de 1996 y es ciego o está incapacitado; o

SSI PARA NO CIUDADANOS DE LOS ESTADOS UNIDOS

• Recibía beneficios de SSI antes del 22 de agosto de 1996 y vive en los Estados Unidos legalmente; o

• Ha sido legalmente admitido para residencia permanente conforme a la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), y tiene un total de 40 créditos de trabajo en el país (El trabajo de su cónyuge o sus padres también podría contar)

Aclaración: Si entró a los Estados Unidos a partir del 22 de agosto de 1996, entonces es posible no tenga derecho a SSI por los primeros cinco años como residente permanente legal aunque tenga 40 créditos de trabajo.

El historial de trabajo de una persona determina si tiene derecho a beneficios de Seguro Social, así como el derecho a los beneficios del programa de SSI para algunas personas que no son ciudadanas. Una persona gana “créditos de trabajo” basado en la cantidad de dinero que devenga. La cantidad necesaria para ganar un crédito de trabajo aumenta un poco cada año según aumentan los niveles de ganancias promedio.

Para propósitos de los beneficios de Seguro Social, una persona puede recibir un máximo de cuatro créditos por año basados en sus ganancias. Una persona que no es ciudadana también puede recibir hasta cuatro créditos adicionales por año basados en el trabajo de su cónyuge o de sus padres.

Los créditos de trabajo permanecen indefinidamente en el registro de Seguro Social de una persona. Los créditos de trabajo adicionales de parte de un cónyuge o de los padres ayudan para tener derecho a los beneficios pero no son anotados en el registro de trabajo de la persona que no es ciudadana y no cuentan para determinar la cantidad de los beneficios. 

Cuando solicite los beneficios de SSI, deberá probar su estado inmigratorio. Posiblemente, aquellas personas quienes no son ciudadanas pero que sirvieron en las fuerzas armadas de los Estados Unidos tendrán que presentar prueba de su servicio militar.

Su oficina local del Seguro Social puede informarle sobre otros tipos de evidencia que puede presentar para probar su estado inmigratorio.

Si sus beneficios de SSI cesan debido a que no tiene derecho a beneficios porque no es ciudadano, puede solicitarlos nuevamente. Comuníquese con nosotros inmediatamente si se convierte en ciudadano estadounidense, su estado inmigratorio cambia y piensa que tiene derecho a beneficios, o si tiene 40 créditos de trabajo. Necesitará presentarnos su Certificado de Naturalización u otros documentos que muestren su estado inmigratorio actual.

Cuando entró a los Estados Unidos posiblemente alguien firmó un acuerdo para proveerle manutención (Sponsor). Este acuerdo se llama una declaración jurada de manutención, y la persona que la firmó es su patrocinador.

Desde el momento que llegó, contamos los ingresos y recursos de su patrocinador al igual que los del cónyuge de su patrocinador como si fueran los suyos. Su oficina local del Seguro Social puede proveerle más información sobre estas reglas y lo que significan para usted.

Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778.  Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. ¡Esperamos poder servirle!