buscar noticiasbuscar noticias

Se declara en quiebra empresa Maskota

Al no lograr un acuerdo con sus acreedores a través del concurso mercantil en el que entró en abril pasado, la cadena de tiendas especializada +Kota fue declarada en quiebra

Foto ReformaSe declara en quiebra empresa Maskota
  • CIUDAD DE MÉXICO

"Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 167, fracción II, y 168 de la Ley de Concursos Mercantiles, se ordenó emitir sentencia de declaración de la comerciante en estado de quiebra de Comercializadora Latinoamericana KITSI, Sociedad Anónima Promotora de Inversión de Capital Variable", sostuvo el Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles con residencia en la Ciudad de México.


 El juzgado argumentó que resulta procedente la declaratoria de quiebra de la concursada, pues atendiendo a las constancias de autos, se advierte que transcurrieron los plazos de 185 días de la conciliación y los 90 de su prórroga autorizada, sin que a esta fecha se haya aprobado un convenio para dar fin al concurso mercantil en que se actúa.

 José Alberto López Torres, socio de GLZ Abogados, especialista en procedimientos de insolvencia y litigios concursales, explicó que las 80 tiendas que aún opera +Kota seguirán abiertas hasta que el síndico tome la administración de los bienes y derechos de la comerciante.

 Para posteriormente emitir un inventario de bienes y proceder a la venta de los activos para realizar el pago a los acreedores reconocidos en los términos establecidos en la sentencia de reconocimiento de créditos.

 "En términos del artículo 169 fracción II de la Ley de Concursos Mercantiles, la comerciante deberá entregar de manera inmediata al síndico, una vez que sea designado la posesión y administración de los bienes de la comerciante", expuso en entrevista.

 Detalló que el juez puede imponer todo tipo de medidas para que se entregue esta administración al síndico, en caso, que la comerciante se niegue o lo dilate.

 Hizo hincapié en que no hay fecha cierta para el cierre de las tiendas, pues dependerá del tiempo que tarde el síndico en vender los activos de la comerciante, para que con sus productos se haga pago a los acreedores, conforme a la cuota concursal que dicho especialista presente para tales efectos.



DEJA TU COMENTARIO
PUBLICIDAD

PUBLICIDAD