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Posible, la reactivación económica

Se apoyan en actividades esenciales y cadenas de suministro

El Mañana / Staff.- Los flujos crecientes de inversión extranjera directa contribuyeron con la reactivación económica de las actividades esenciales y cadenas de suministro del comercio exterior, que aseguraron la exitosa entrada en vigor de los primeros 24 meses de operación del Tratado Comercial México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC), informa el economista Alberto Gonzáles Karam.

La inversión extranjera directa contribuyó con la reactivación económica.Posible, la reactivación económica

El Tratado Comercial México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) considera como inversión extranjera aquellas que se integran por las empresas: acciones, valores y participaciones en el capital, bonos, obligaciones, instrumentos de deuda y préstamos, futuras opciones y otros derivados, contratos llave en mano de construcción, gestión, producción, concesión, participación en los ingresos y otros contratos similares, derechos de propiedad intelectual, licencias, autorizaciones, permisos y derechos similares de propiedad tangibles o intangibles, muebles o inmuebles y derechos de propiedad relacionados, tales como gravámenes, hipotecas, garantías en prenda y arrendamientos. 

  • Las inversiones extranjeras se encuentran cubiertas a un trato acorde con el derecho internacional que incluye trato justo y equitativo, y protección y seguridad plenas, mismas que provinieron de 2 mil 376 sociedades con participación de capital extranjero, 2 mil 649 contratos de fideicomiso y 16 personas morales extranjeras al cierre del primer semestre del 2022. 

TRANSFERENCIAS SIN DEMORA

Destacó que las transferencias relacionadas con la inversión extranjera se realizan libremente y sin demora hacia nuestro territorio nacional y se incluyen aportes  de capital, utilidades, dividendos, intereses, ganancias de capital, pagos por regalías, gastos por administración, asistencia técnica y otros cargos, producto de la venta de todo o parte de la inversión cubierta o de la liquidación, total o parcial, de la inversión cubierta; pagos realizados conforme a un contrato celebrado por el inversionista o la inversión cubierta, incluidos los pagos realizados de conformidad con un contrato de préstamo o  de trabajo.



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