Abuelos de inmigrantes podrán entrar a EU pese a la prohibición de Trump
Washington, D.C.
La Corte Suprema de Justicia estadunidense rechazó ayer una solicitud del gobierno para aclarar a quiénes se podrá impedir el ingreso al país bajo el decreto de prohibición migratoria, y reafirmó parcialmente la extensión de categorías dictadas por un juez federal la semana pasada.
Al mismo tiempo, el máximo tribunal mantuvo la prohibición dispuesta por el presidente Donald Trump para el ingreso de refugiados provenientes de países de población mayormente musulmana afectados por la orden ejecutiva presidencial (Irán, Libia, Siria, Somalia, Sudán, Yemen)
El tribunal indicó que esa parte de la orden ejecutiva se mantendrá vigente hasta que la Corte de Apelaciones del Noveno Distrito falle sobre la orden del juez federal de Hawai Derrick Watson, y precise quiénes estarán exentos de esta prohibición.
El viernes pasado, Watson amplió las categorías de personas que no podrán ser afectadas por la prohibición migratoria, al abarcar a abuelos, nietos, cuñados y cuñadas, tíos, sobrinos y primos de personas que residen en Estados Unidos.
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Watson determinó que los nexos que los refugiados mantienen con agencias de reubicación que han prometido recibirlos constituyen una forma de relación de buena fe con entidades en Estados Unidos, por lo que tampoco se les podría negar el ingreso.
El mes pasado, la Corte Suprema avaló que la orden ejecutiva podía aplicarse a “los extranjeros que carecen de una relación de buena fe con una persona o entidad en los Estados Unidos”, pero Watson consideró que el gobierno interpretó esa decisión de manera equivocada.
“El sentido común, por ejemplo, dicta que la definición de miembros cercanos de la familia debe incluir a los abuelos. De hecho, los abuelos son el epítome de familiares cercanos, la definición del Gobierno los excluye. De manera simple Eso no puede ser”, apuntó Watson en su fallo.
La decisión de este miércoles de la Corte Suprema significa un revés para la administración Trump, porque reconoce la ampliación de las personas a quienes no se podrá prohibir el ingreso, pero al mismo tiempo avala las restricciones sobre el ingreso de refugiados de los países de mayoría musulmana afectados.