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Prohíben a policías videograbar arrestos

Ciudad de México

EQUIPADOS. Se prohíbe a los policías capitalinos tomar fotografías, audios o videograbar con sus propios celulares a los detenidos. Prohíben a policías videograbar arrestos

Esto a raíz de El nuevo Protocolo de Actuación Policial que dicta: “Para efecto del procedimiento de detención, la policía de la Ciudad de México deberá atender lo siguiente: abstenerse de tomar fotografías, videos o grabar audios con dispositivos de su propiedad, a las personas detenidas”.

En el marco del festejo del Día del Policía, el titular de Seguridad, Hiram Almeida Estrada, dijo que los uniformados ya “no necesitan hacer uso de celulares y abocarse a que cada quien se defienda a través de imágenes. Por eso nosotros, como parte del uniforme, estamos integrando cámaras del correcto actuar policiaco y para que sea una prueba que acredite en proceso cualquier disposición”.

Modernización. Actualmente se han instalado más de 12 mil cámaras en los uniformes de los efectivos capitalinos, pero se considera necesaria por la dependencia de Seguridad la instalación de un mayor número de estos dispositivos.

El pasado lunes el jefe del Estado Mayor Policial, Miguel Soria, informó que esta prohibición, establecida en el Protocolo de Actuación Policial en Materia de Justicia Cívica, se da para priorizar la protección de datos personales de la ciudadanía; además, de que las detenciones se seguirán grabando, pero por las cámaras instaladas en las patrullas o en las placas, pues es de importancia tener pruebas de las acciones de la policía.

El Protocolo de Actuación Policial también establece otras normas dirigidas a los uniformados para realizar una aprehensión las cuales son sólo hacer una detención cuando los sospechosos son sorprendidos en el momento en que cometen una infracción o cuando tengan en posesión objetos sospechosos o huellas e indicios de haber participado en un ilícito. Y se les prohibió hacer una detención por sólo una sospecha de la comisión de una infracción.

También se les recuerda que “deberá tener en cuenta que existen grupos de población o personas con características particulares o mayor grado de vulnerabilidad en razón de su origen étnico o nacional, genero, discapacidad, condición social, condición de salud, religión, opinión, preferencia sexual, estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana”, y , “abstenerse de realizar actos que impliquen intimidación, discriminación, tortura y en general cualquier otra acción u omisión que implique tratos crueles, inhumanos o degradantes”.




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