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La abuelita que no dejaba de fumar

Todos tienen o han oído una historia sobre la abuelita necia que desafió los consejos de sus médicos, fumó tres cajetillas diarias y vivió hasta los 88 años. O una sobre el primo testarudo que pesaba 170 kilos, no hacía ni medio minuto de ejercicio y sobrevivió por 25 años a la esposa que era atleta olímpica y seguía una dieta macrobiótica

Muchas de esas historias son ficticias. Algunas son reales. Hay fumadores empedernidos que llegan a la vejez profunda. Hay personas robustas y sedentarias que viven lo suficiente para conocer a sus bisnietos. Pero, por reales que sean, a nadie se le ocurriría tomar decisiones de política de salud a partir de esos casos. Nadie considera buena idea legislar o regular o gobernar desde la anécdota.

Salvo en el sector seguridad, claro está. Allí la anécdota es lo que manda. Un juez en Sonora permite que unos tipos en posesión de rifles de asalto enfrenten su proceso en libertad y otro en Morelos hace lo mismo o algo similar y ya estuvo: hay que pedir prisión preventiva oficiosa para todo el que sea detenido portando armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.

La abuelita que no dejaba de fumar

Eso de prisión preventiva oficiosa significa que, en ciertos casos, los jueces tienen obligadamente que mandar a prisión al presunto responsable de un delito mediante la duración del proceso, sin posibilidad de dictar otras medidas cautelares (libertad provisional con un brazalete electrónico, por ejemplo). Actualmente, la legislación penal obliga a ese tratamiento en casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación y algunos más.

La simple posesión de armas de fuego de uso restringido no está por ahora en ese universo de casos. Esa laguna, según la Conago y el gobierno federal, está permitiendo que peligrosos delincuentes salgan libres y acaben matando. 

Es probable que en muchos casos esté sucediendo ese fenómeno. ¿Pero son suficientes para ameritar un cambio legislativo? Allí empezamos con los problemas. Nadie sabe. Al menos no el comisionado nacional de Seguridad. A pregunta expresa de Denise Maerker, Renato Sales afirmó que no sabía cuántas personas habían sido liberadas tras ser detenidas por posesión de armas, y luego reaprehendidas por homicidio. Pero, aun así, sin datos, al puro "feeling", pide un cambio legislativo.

Pero, bueno, ¿no basta con un solo caso? Sí y no. Cada homicidio es una tragedia, sin importar las circunstancias. Es deber moral hacer lo que se pueda para evitarlo. Pero hay que considerar los costos del otro lado de la ecuación. La prisión preventiva oficiosa para el delito de posesión de armas podría significar más reos sin sentencia, más sobrepoblación carcelaria y más autogobierno en las prisiones.

Y también, posiblemente, una fuente más de corrupción en las policías y las procuradurías. Si la posesión de armas significa en automático prisión preventiva, es posible que se multipliquen los casos de armas sembradas por policías o agentes del Ministerio Público. 

Ahora, tal vez valga la pena asumir esos riesgos si el resultado es una disminución en el número de homicidios o secuestros o extorsiones. Pero para saberlo, se necesita evidencia sistemática sobre el número de casos relevantes. Con series de tiempo. Con controles estadísticos para dilucidar efectos causales. Eso es más que tres o cuatro o doce anécdotas.

Y sí, la información es muchas veces imperfecta, parcial, tardía y sesgada. A menudo, hay que tomar decisiones de gobierno con altos grados de incertidumbre y con menos datos de los que uno quisiera.

Pero no por ello le vamos a bajar el impuesto al tabaco, sólo porque la abuelita Concha fuma como chimenea desde los doce y acaba de llegar a los noventa. Digo, como sugerencia.

alejandrohope@outlook.com

Twitter: @ahope71