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El precedente Cuevas pasará a la historia

Alejandra Cuevas Morán saldrá en breve de la cárcel. Una aplastante mayoría de ministras y ministros del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) reconoció la arbitrariedad cometida contra ella y su madre, Laura Morán Servín.

El fiscal general de la nación, Alejandro Gertz Manero, las acusó injustamente de haber asesinado a su hermano Federico Gertz.

El precedente Cuevas pasará a la historia

Sin embargo, en la sesión sostenida el lunes 14 de marzo no hubo consenso sobre su inmediata liberación y este hecho despertó una gran desconfianza en buena parte de la opinión pública.

Se entendió poco y mal el resultado de las deliberaciones. El lenguaje de la Corte y las consideraciones técnicas enrarecieron la comprensión porque el tema discutido, contrario a lo que se quiere suponer, no es sencillo de explicar.

Un nuevo proyecto de resolución redactado por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena será abordado nuevamente el lunes 28 de marzo. Ahí, el reto será sumar por lo menos ocho votos, no sólo para liberar a Alejandra Cuevas –causa justísima–, sino también para fijar un precedente jurisprudencial que va a cambiar la historia del amparo mexicano.

Como lo hicieron notar la ministra Margarita Ríos Fajart y el ministro Javier Laynes Potisek, a Alejandra Cuevas se le encarceló por un delito que no existe en la legislación mexicana. Se suma que no hay evidencia consistente a propósito del supuesto homicidio y tampoco de la responsabilidad de estas mujeres en el fallecimiento de Federico Gertz Manero.

En otras palabras, si se entra al fondo del asunto se confirmaría que tanto la orden de aprehensión dictada contra Laura Morán como la prisión contra Alejandra Cuevas fueron actos injustos cometidos por la autoridad judicial de la Ciudad de México.

El problema surge porque, según la interpretación vigente de la legislación en materia de amparo, el Pleno de la Corte debía atender solamente las formas que revisten a este caso.

Abusando de la metáfora, las y los ministros debían revisar la caja que contiene al expediente, pero no su contenido. Este fue el argumento del ministro Alberto Pérez Dayán, quien en el primer proyecto propuso que la revisión del fondo fuese celebrada por una instancia inferior y no por la Corte.

Contra esta interpretación es que 10 de los 11 integrantes del Pleno se rebelaron. Según una abrumadora mayoría, la inconstitucionalidad de las acusaciones contra las dos mujeres imputadas debía ser revisada por la SCJN considerando el fondo.

Paradójicamente las expresiones de las y los ministros que rechazaron el proyecto de Pérez Dayán se fundaron en argumentos divergentes. Por ejemplo, mientras el ministro Juan Luis González Alcántara hizo énfasis en la asimetría de género que colocó equivocadamente a Laura y Alejandra como presuntas garantes únicas de la vida de Federico Gertz, la ministra Norma Piña refirió al tipo de amparo (adhesivo) que presentaron las inculpadas.

Esta divergencia deberá ser resuelta por el nuevo proyecto del ministro Gutiérrez Ortiz Mena. Es decir que habrá de fijar un común denominador el cual nacerá, muy probablemente, de la coincidencia entre la mayoría de las y los integrantes del Pleno a favor de trascender las formalidades y abordar las injusticias de fondo.

Este proyecto obligará también a fijar un precedente jurisprudencial para que, en el futuro, las salas de la Corte, los tribunales, las y los magistrados y jueces procedan de manera similar; es decir que, en caso de detectar injusticias de fondo, no se detengan en la revisión de formalismos y subterfugios legaloides porque lo fundamental es atender el contenido de cada caso.

Si el nuevo proyecto alcanza los ocho votos mencionados, pasados los años el caso Cuevas será recordado no sólo por la liberación de Alejandra sino porque se habrá convertido en la llave capaz de abrir el cofre de las formalidades para atender los casos a partir de una revisión acuciosa de los derechos y las garantías previstas por la Constitución a favor de las personas.

Dicho en una nuez, en los temas de justicia la forma no será nunca más pretexto para menospreciar el fondo. El caso Cuevas terminará transformando la historia del amparo mexicano ya que, hacia el futuro, será siempre citado como precedente para abrir la caja, cada vez que las personas juzgadoras encuentren motivos para revisar los argumentos en los litigios, sobre todo cuando los derechos de las y los quejosos se encuentren en riesgo. 

(Proceso)