Beneficios por incapacidad para miembros del servicio militar heridos

Los miembros del servicio militar tienen a su disposición el proceso acelerado de reclamaciones de beneficios de Seguro Social por incapacidad. Los beneficios

disponibles a través del Seguro Social por incapacidad difieren de los beneficios que provee el Departamento de Asuntos de Veteranos y requiere una solicitud por separado.

Beneficios por incapacidad para miembros del servicio militar heridos

El proceso acelerado está a la disposición de los miembros del servicio militar que han sufrido una incapacidad durante su tiempo en servicio militar activo a partir del 1 de octubre del 2001, sin importar dónde ocurrió la incapacidad.

¿Qué tipos de beneficios puedo recibir?

El Seguro Social paga beneficios por incapacidad a través de dos programas. El programa de seguro de Seguro Social por incapacidad, el cual le paga beneficios a usted y algunos miembros de su familia si usted está “asegurado”. En otras palabras, que ha trabajado por tiempo suficiente y ha pagado impuestos de Seguro Social; y por medio del programa de Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés), el cual hace pagos basados en necesidad económica.

¿Puedo recibir beneficios por una incapacidad anterior si mi salud ha mejorado?

Eso depende, si encontramos que está incapacitado de acuerdo a nuestras reglas, y de si su solicitud fue presentada dentro de un periodo de tiempo específico, consideraremos  si tiene derecho a un periodo de incapacidad cerrado.

¿Cómo los pagos del servicio militar afectan mi derecho a recibir los beneficios por incapacidad?

El estar en servicio militar activo y recibir paga por su servicio no prevendría necesariamente, por sí solo, el pago de beneficios por incapacidad. El que reciba pagos de servicio militar nunca debe prevenirlo de solicitar los beneficios de Seguro Social por incapacidad. Si está bajo tratamiento en una instalación militar y trabajando bajo un programa terapéutico designado o con funciones limitadas, evaluaremos su actividad laboral para determinar si tiene derecho a recibir beneficios.

No puede recibir beneficios de Seguro Social por incapacidad si se involucra en trabajo sustancial por paga o ganancias. Contamos la actividad de trabajo actual y no la cantidad de paga que recibe o su estatus de servicio militar.

¿Puede recibir beneficios mi familia?

Ciertos miembros de su familia podrían tener derecho a recibir beneficios bajo su número de Seguro Social. Entre estas personas están: Su cónyuge, si es mayor de 62 años de edad; Su cónyuge, si tiene un hijo suyo a su cargo que es menor de 16 años de edad o está incapacitado; Su hijo soltero, incluso hijos adoptivos, o, en algunos casos, un hijastro o nieto. Sus hijos deben ser menores de 18 años de edad o menores de 19 años de edad si está en la escuela elemental o preparatoriaa tiempo completo; Sus hijos solteros, mayores de 18 años de edad, si tienen una sincapacidad que comenzó antes de cumplir los 22 años de edad. (La incapacidad debe cumplir con los requisitos de la definición de incapacidad.

¿Qué pasa si continúo activo en el servicio militar?

Es posible que pueda recibir beneficios de Seguro Social por incapacidad y continuar activo en el servicio militar. Es importante que se comunique inmediatamente con el Seguro Social si hay un cambio en su: Código de especialidad ocupacional

de servicio militar (MOS, por sus siglas en inglés) 0 Códigos de especialidad en la fuerza aérea (AFSC, por sus siglas en inglés).

Puede solicitar pagos de SSI o los beneficios de SSDI para su niño llamando al número gratis 1-800-772-1213 o visitando su oficina local del Seguro Social.

Para hablar con uno de nuestros agentes en español, llame a nuestro número gratuito 1-800-772-1213 y oprima el número 7. Si es sordo o tiene problemas de audición, llame TTY, 1-800-325-0778.  Le pedimos paciencia ya que podrá experimentar y tiempos de espera. ¡Esperamos poder servirle!