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Obligan al SAT a devolver ISR retenido

Según el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), es una práctica común que el SAT niegue la devolución de saldos a favor a trabajadores bajo el argumento de que su patrón retuvo

Ciudad de México.-  A partir de mediados de mayo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) quedó obligado a devolver saldos a favor por el Impuesto Sobre la Renta (ISR) retenidos por los patrones, aunque no hayan sido enterados por los mismos a la autoridad.

Obligan al SAT a devolver ISR retenido

“En los años recientes el criterio que ha utilizado la autoridad es retrasar las devoluciones esperando a que el patrón entere esas retenciones que le hizo al trabajador. Esto ya no podrá ser así”, comentó Diamantina Perales, presidente nacional del IMCP.

Este 14 de mayo, un Tribunal Colegiado de Circuito en Materia Administrativa publicó una tesis que obligará al SAT a corregir esta práctica en beneficio del trabajador, comentó Perales.

Este criterio aplicará desde este año, cuando los trabajadores presenten su declaración anual de ISR del ejercicio 2020, la cual se extendió al 31 de mayo de 2021

En el caso de que la autoridad fiscal niegue la devolución del saldo a favor a los trabajadores y que el motivo que se argumente sea la falta de pago de las retenciones de ISR por parte del patrón, se podrá exigir la devolución a través de los medios de defensa como recurso de revocación o juicio de nulidad apoyándose en el recién criterio del poder judicial, explicó.



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