Reynosa

Obliga Profeco a verificar básculas

  • Por: Juan Arvizu
  • 10 / Agosto / 2016 -
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Obliga Profeco a verificar básculas

por ley. Las básculas con diez o más años de antigüedad deben ser calibradas dos veces por año: Profeco.

juan.arvizu@elmanana.com

Los comercios que cuenten con básculas de diez o más años de antigüedad están obligados legalmente a calibrarlas dos veces por año, ya sea ante la unidad correspondiente de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), o bien ante terceros autorizados.

El encargado de despacho de la Profeco en Reynosa, Alberto Martínez Cavazos, dio a conocer que la lista de instrumentos de medición sujetos a verificación está vigente desde septiembre de 2015, y en ella se establece que hay básculas que deben calibrarse en forma anual y otras dos veces por año.

Las que están obligadas a ser calibradas dos veces por año dijo, son aquellas que no tienen aprobación de modelo prototipo avalado por la Secretaría de Economía, es decir que en términos generales se trata de instrumentos con diez o más años de existencia.

Apuntó que la calibración de las básculas puede llevarse a cabo indistintamente ante las Unidades de Verificación Acreditadas (UVA´s), o bien ante la propio Profeco, sin embargo la verificación extemporánea solo es competencia de esta última dependencia.

Explicó que la lista de modelo prototipo puede ser consultada en la página web de la Secretaría de Economía, en el apartado de normalización y metrología.

El entrevistado señaló que por varios factores es mejor contar con básculas nuevas o relativamente nuevas, incluyendo desde luego la obligatoriedad de calibrarlas en forma bianual en caso de que las mismas tengan diez o más años de antigüedad.

Sin embargo reconoció que para algunos comercios, sobre todo los de tipo minoristas comprar una báscula nueva es un gasto que muchas veces no pueden permitirse, de allí que opten por continuar con la báscula “de siempre”.

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