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Aumentan ¡10 mil%! solicitudes de refugio

La cifra pasa de mil 295 en el 2013, a 140 mil 982 en el 2023

El número de solicitantes de refugio en México se incrementó en 109 veces en los últimos 10 años.Aumentan ¡10 mil%! solicitudes de refugio

El número de solicitantes de refugio en México se incrementó en 109 veces en los últimos 10 años.

De acuerdo con las estadísticas de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar), la cifra de solicitantes pasó de mil 295 en el 2013 a 140 mil 982 en el 2023, un 10 mil 787 por ciento de incremento.

Y el año pasado se alcanzó de hecho un nuevo récord de solicitudes de refugio en el País, superando la anterior marca de 129 mil 585, establecida apenas en 2021.

En 2023, los principales países de origen de los extranjeros que buscaron refugio en México fueron Haití, con 31 por ciento; Honduras, con 30, y Cuba, con 13. Destaca el hecho de que Afganistán se ubicó en el décimo lugar, con mil 744 solicitantes.

Más de la mitad de las solicitudes -77mil 450- fueron presentadas ante la oficina de la Comar en Tapachula y más de una quinta parte -30 mil 872- en la sede central en la Ciudad de México.

El año pasado fueran resueltas 27 mil 900 solicitudes, 68 por ciento de ellas en forma positiva.

De los extranjeros reconocidos en 2023 como refugiados en México, 60 por ciento eran originarios de Honduras, 12 por ciento de El Salvador y 9 por ciento de Cuba.

En una guía, la Comar explica que quienes busquen obtener la condición de refugiado en México deben presentar una solicitud por escrito dentro de los 30 días posteriores a su arribo al país.

"Si cumples con los requisitos de ley, se te dará una constancia de trámite que garantiza no ser devuelto a tu país de origen", apunta.

El solicitante, remarca, debe permanecer en la entidad donde inició el trámite.

El procedimiento incluye una entrevista de elegibilidad.

Y existen tres resoluciones posibles: positiva, que expresa el reconocimiento del solicitante como refugiado; de protección complementaria, con la que obtienen los mismos derechos de un refugiado, excepto el de reunificación familiar, y negativa, en cuyo caso se puede solicitar una revisión del caso.

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