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Pide Presidencia a Corte revocar suspensión de 'Plan B'

El Ejecutivo federal, por conducto de la Consejería Jurídica, pidió este lunes a la Corte revertir los acuerdos que admitieron a trámite la demanda y ordenaron la suspensión de los efectos de la reforma electoral, conocida como 'Plan B'

De acuerdo con presidencia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no debió admitir la demanda presentada por el Instituto Nacional Electoral (INE), debido a que el artículo 105 de la Constitución prohíbe al tramitar este tipo de controversias constitucionales en contra de leyes electorales.

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  • CIUDAD DE MÉXICO

"Debió negarse la suspensión solicitada por el INE porque su otorgamiento contraviene el artículo 14, segundo párrafo, de la Ley Reglamentaria de las fracciones I y II del artículo 105 de la Constitución, que a la letra dice: 'La suspensión no podrá otorgarse en aquellos casos en que la controversia se hubiere planteado respecto de normas generales'", señaló.

 En el recurso presentado por la CJEF se recordó que, al resolver el diverso recurso de reclamación 123/2022-CA, la Segunda Sala de la Corte negó en 2022 al Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) la suspensión de la ley electoral que modificaba su organización administrativa, por tratarse de una norma general que "no puede ser materia de suspensión en una controversia constitucional".

 "Respecto de los derechos laborales de los trabajadores del IECM, la resolución de la Segunda Sala determinó que el decreto legislativo que modifica el ordenamiento electoral local no constituye un acto de imposible reparación. Estos están a salvo", dijo.

 "En relación con la supuesta violación a los derechos político-electorales de la ciudadanía, resolvió que se trata de una cuestión indirecta que no se relaciona con el problema competencial que se dirime en una controversia constitucional. Este criterio se aprobó por el voto unánime de cinco ministros, lo que hace obligatoria su observancia, incluido el Ministro Javier Laynez Potisek".

 Según Presidencia, para conceder la suspensión del "Plan B", el Ministro sostuvo que las leyes electorales cuestionadas "podrían" causar afectaciones a los derechos humanos, a pesar de que ni siquiera existe un proceso electoral en marcha, ya que en los comicios de los estados de México y Coahuila, no aplicarán estas normas.

 "No existen elementos objetivos que permitan presumir que la modificación administrativa al INE amenazaba la funcionalidad de nuestro régimen democrático", aseveró.

"¿Es razonable y congruente que los jueces constitucionales se separen de las prohibiciones expresas que establece la Constitución y las leyes que expide el Congreso de la Unión, así como de sus propios precedentes vigentes y obligatorios? La Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal concluye que no".

 Presidencia insistió en que nunca se había registrado la suspensión de la vigencia de cuatro leyes, por la unilateral de un solo ministro de la Corte lo que, desde su punto de vista, viola la división de poderes, ya que invade la esfera del Legislativo.

 "Por este y otros razonamientos lógico-jurídicos, la consejería promovió ante la SCJN los recursos de reclamación para revertir estos fallos inauditos. El Poder Judicial también tiene límites en su actuar, los cuales están enunciados expresamente en la Constitución y en las leyes que emite el Poder Legislativo", sentenció.

 "Se espera que el máximo tribunal constitucional revoque, tanto la admisión, como la suspensión de las leyes electorales aprobadas por el Congreso de la Unión, y así preservar los equilibrios entre los Poderes de la Unión".



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