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‘Revisa SCJN distinto las leyes neoliberales’

Consejería Jurídica argumenta que reformas del Plan B electoral fueron realizadas con un proceso legislativo correcto

La Consejería Jurídica de Presidencia acusó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de revisar distinto las leyes expedidas en sexenios pasados, con las actuales que surgieron como propuesta del Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Alberto Pérez Dayán, ministro de la Suprema Corte.‘Revisa SCJN distinto las leyes neoliberales’

“Al negar la petición realizada por la Consejería Jurídica para resolver, en primer término, las demandas presentadas desde 2018 en contra de la Ley General de Comunicación Social, la (SCJN) demuestra que existen dos parámetros distintos: uno para revisar las leyes del régimen neoliberal (en cinco años no se ha querido dictar sentencia), y otro distinto para las normas que legítimamente expide la soberanía popular en busca de la transformación que exige el pueblo de México (se resolvería en tres meses), a pesar de que se trata de la misma norma impugnada”, expuso en un comunicado.

“En el proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 29/2023 y sus acumuladas, el ministro instructor propone anular la totalidad del decreto por el que se reforman las leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas, aprobadas por el Poder Legislativo en diciembre de 2022 (plan B), al considerar que no se cumplieron algunas formalidades del proceso legislativo, lo cual es falso”.

En el mismo texto, aseguró que la Corte estaría trasgrediendo las funciones del Congreso de la Unión, a quien se le cuestiona la dispensa de trámite y la deliberación democrática en las reformas aprobadas en fast track.

“En el proyecto se omite examinar la dispensa de trámite, que es una atribución reglamentada de los legisladores, que los faculta para someter un asunto a discusión y votación durante una sesión sin pasar por comisiones, para lo cual basta que el pleno de la Cámara de Diputados determine, por mayoría, que una iniciativa es de urgente u obvia resolución”, se explicó.

“También resulta inexacto que se haya transgredido el principio de deliberación democrática, como se afirma en el proyecto de sentencia, pues durante la aprobación de las leyes que integran el “plan B” en materia electoral, el Congreso de la Unión cumplió los requisitos constitucionales, legales, reglamentarios; incluso, con los criterios de la propia SCJN”.

La representación legal de Presidencia pidió revisar las sesiones de las cámaras de Diputados y Senadores, así como las gacetas parlamentarias, para constatar que no hubo afectación a esos principios legislativos, como se asegura en el proyecto de la SCJN.

PODER DERIVADO

“Al tratarse de un poder derivado, sin legitimación popular, la SCJN no debe restringir las atribuciones que la norma fundamental concede al Poder Legislativo para regular el trámite de elaboración de las normas, siempre y cuando sean resultado de la voluntad mayoritaria de los integrantes del Congreso de la Unión. De hacerlo, violará el principio de división de poderes y el equilibrio que debe existir entre estos”, se añadió.

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