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Proponen sancionar a funcionarios capitalinos que sean omisos

El diputado local del PRD, Víctor Hugo Lobo, propuso sanciones administrativas y penales contra los servidores públicos que sean omisos

Y es que, dijo, no hay castigo para los funcionarios que por omisión ocasionan la muerte, lesiones o afectaciones contra el patrimonio de los capitalinos, como en el caso del fallecimiento de dos jovencitas que cayeron en una coladera sin tapa en la alcaldía Iztacalco.

Foto El UniversalProponen sancionar a funcionarios capitalinos que sean omisos

  • CIUDAD DE MÉXICO

Por lo anterior, presentó una iniciativa para modificar y reformar la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México, en materia de faltas graves.

Detalló que, durante sus funciones, los servidores públicos, sin importar el nivel en la estructura, pueden cometer, a través de acciones u omisiones, afectaciones a la integridad, la vida, salud, patrimonio o los derechos de los ciudadanos y que, por su naturaleza, deben ser considerados como una falta administrativa grave y se deben sancionar administrativa y penalmente.

Sin embargo, lamentó que estos derechos ciudadanos, no están debidamente tutelados por la citada Ley, con lo que deja en absoluto estado de indefensión a los capitalinos.

Ante esto, detalló que su propuesta busca que los servidores públicos o particulares, en ejercicio de sus funciones, sean sancionados administrativa y penalmente ya sea por acción u omisión de las facultades que desempeñen cuando ocasione la muerte o genere lesiones a particulares, causen daños o perjuicios al patrimonio del Gobierno de la Ciudad o de un particular.

Otro ejemplo de estas omisiones, dijo Lobo Román, es el daño patrimonial a los conductores de vehículos que caen en baches, zanjas o coladeras sin tapa, que ocurren por un actuar omiso de los responsables, que además del daño patrimonial a los particulares, un detrimento al erario público por el pago o compensación reparatoria que debe erogar el Gobierno de la Ciudad a los afectados.

Recalcó que la pérdida de la salud o la afectación en la integridad física de las personas por el actuar o una omisión de los servidores públicos, de igual manera debe ser considerado como una falta administrativa grave y sancionable por las vías administrativa y penal.



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