buscar noticiasbuscar noticias

Impugnan derecho al olvido en el Internet

La supresión en automático de los datos puede afectar los derechos de acceso a la información

Ciudad de México.-  Si en su testamento usted no aclara que desea que permanezcan sus imágenes, videos o publicaciones en redes sociales, éstos podrían ser eliminados.

Impugnan derecho al olvido en el Internet

LEY

El artículo 1392 Bis del Código Civil de la Ciudad de México, vigente desde agosto de 2021, establece que “si el testador no dispuso sobre el tratamiento de su información personal almacenada en registros electrónicos públicos y privados, el albacea o el ejecutor especial procederá de inmediato a solicitar su eliminación a fin de salvaguardar el derecho al olvido a favor del autor de la sucesión”.

  • En otras palabras, la eliminación de datos digitales opera siempre, salvo que el testamento ordene preservarlos.

La asociación civil Red en Defensa de los Derechos Digitales impugnó la reforma, alegando que la supresión en automático de estos datos puede afectar los derechos de acceso a la información y libertad de expresión, particularmente tratándose de personas de alto perfil público.

Inicialmente, un juez federal consideró improcedente el amparo, pero el pasado 16 de junio, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil reconoció la legitimación de la asociación civil para impugnar la reforma, y por su importancia envió el asunto a la Corte.

“Respecto al referido derecho al olvido -que pudiera generar la posibilidad de que las instituciones públicas y/o privadas eliminen información de las personas- no existe una regulación expresa en la materia"

“Respecto al referido derecho al olvido -que pudiera generar la posibilidad de que las instituciones públicas y/o privadas eliminen información de las personas- no existe una regulación expresa en la materia, por lo que la interpretación de la norma revela aún más su trascendencia, dado que el presente recurso implica fijar las bases en su regulación, así como los alcances del derecho regulado y su modulación frente a derechos fundamentales”, afirmó el tribunal. 

El precedente internacional más conocido sobre este tema fue dictado en mayo 2014 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que estableció que los particulares tienen derecho a que los motores de búsqueda, como Google, eliminen resultados vinculados a sus datos personales, salvo casos en los que deba prevalecer el interés público.



DEJA TU COMENTARIO
PUBLICIDAD

PUBLICIDAD