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Perfilan restringir adornos religiosos

Discutirá Suprema Corte de Justicia proyecto que establece que los municipios no pueden usar recursos públicos para colocar nacimientos y decoraciones sacras

La Suprema Corte de Justicia volverá a discutir el próximo 14 de junio un proyecto que establece que los municipios no pueden usar recursos públicos para colocar nacimientos u otras decoraciones religiosas.

Buscan que municipios no usen recursos públicos para decoraciones religiosas.Perfilan restringir adornos religiosos

El proyecto tiene un tono muy distinto al presentado en octubre de 2022, que provocó críticas del Presidente Andrés Manuel López Obrador, pero reitera que usar fondos públicos para difundir cuestiones religiosas viola el carácter laico del Estado mexicano.

"Ni siquiera los actos de autoridad que encuentren su fundamento en la identidad cultural del País pueden escapar al control de su constitucionalidad y la rigidez con que éste funciona en un Estado democrático, como el mexicano. Que una conducta sea ´cultural´ no significa que no sea ´religiosa´, ni muchos menos que no pueda ser violatoria del texto constitucional", afirma el proyecto.

"Se concede el amparo para que, de ahora en adelante, el Ayuntamiento de Chocholá, Yucatán, se abstenga de colocar decoraciones o representaciones -en sentido amplio- que evoquen al nacimiento de Jesús de Nazaret, o de realizar cualquier manifestación análoga que implique una violación al Estado laico y, en consecuencia, genere un clima poco propicio para que sus habitantes puedan ejercer su libertad de creencia", agrega.

La versión original del proyecto contenía afirmaciones críticas sobre los símbolos religiosos y el papel mismo de la religión, mientras que la actualizada, hace un estudio más profundo sobre dichos símbolos en un tono neutral y que busca aclarar su relación con las tradiciones culturales mexicanas.

"Sobre los símbolos religiosos pesa la presunción, demostrada científicamente, de que sirven como instrumentos de dominación o conquista del comportamiento humano, ya sea a nivel individual o colectivo", decía el proyecto original.

También afirmaba que los actos estatales fundados en la religiosidad podían tener el "fin perverso de dominar la psique" de la colectividad. 

"No es posible para esta Primera Sala, soslayar que pueden existir símbolos de origen o naturaleza religiosa que, con motivo de acontecimientos históricos o por costumbre cultural, pudieron haber sido objeto de apropiación cultural por parte de los Estados", explica el nuevo proyecto.

 

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