Reynosa

La tenencia llegó para quedarse ¡desde 1962!

Sólo cinco estados ya la eliminaron por completo; el resto la cobra de forma disimulada
  • Por: Por Juan Arvizu/ juan.arvizu@elmanana.com/El Mañana
  • 03 / Octubre / 2014 -
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Aunque existe la versión bastante extendida de que el impuesto sobre tenencia vehicular fue creado con el fin de financiar los Juegos Olímpicos de 1968, la realidad es que comenzó a aplicarse desde 1962.

La tenencia ya tiene 52 años de existencia, desde que fue aplicada por vez primera a los propietarios de vehículos en 1962, durante el gobierno de Adolfo López Mateos, un año antes de que México formalizara su candidatura como aspirante a anfitrión de las Olimpiadas de 1968.

El mito cobró visos de veracidad después de que México ganó la sede de la justa olímpica, ya que el pago por la tenencia, que era un Artículo en la Ley de Ingresos, se formalizó como legislación propia para dos años, pero nunca dejó de tener vigencia pues los gobiernos estatales y municipales apoyaron el cobro al incluírseles con una participación del 30 por ciento.

Desde su creación, el impuesto por tener un vehículo se convirtió en una de las formas más efectivas de recaudación fiscal, y por ello desde Adolfo López Mateos hasta la administración actual sigue vigente en la mayor parte del territorio nacional.

CRONOLOGÍA

- 1 enero de 1962.

Entra en vigor la Ley de Ingresos de este año, que incluye por primera vez un cobro a la tenencia o uso de vehículos automotrices.

- 7 diciembre 1962.

México formaliza ante el Comité Olímpico Internacional (COI) su candidatura como país sede de los Juegos Olímpicos de 1968.

- 28 diciembre de 1962.

Entra en vigor la Ley del Impuesto a la Tenencia y Uso de Automóviles.

- 28 mayo 1963.

Se constituye el Comité Organizador de la XIX Olimpiada México 1968.

- 18 octubre de 1963.

En Baden-Baden, Alemania, México es designado organizador de la XIX Olimpiada.

- Diciembre de 1974.

El Congreso reforma la Ley para dar 30 por ciento de participación de la tenencia a los estados y al Distrito Federal.

- Diciembre de 1977.

Se realizan reformas a la Ley para desalentar la tenencia de vehículos de alto consumo de gasolina.

- 1 de enero de 1981.

Se abroga la Ley del 28 de diciembre de 1962, sustituida por una Ley sobre la Tenencia o Uso de Vehículos (que incluye además yates, helicópteros, aviones, motocicletas).

- Diciembre de 1981.

Aplica tasa cero a vehículos con antigüedad de diez años o más y se cobra un impuesto local.

- 1 diciembre de 2004.

Se fija una tasa preferencial a vehículos eléctricos, para alentar el uso de los mismos.

-29 noviembre 2007.

Aumentan las tarifas a motocicletas nuevas, con valor de hasta 200 mil pesos.

- 21 diciembre de 2007.

Se abroga la Ley del Impuesto a la Tenencia o Uso de Vehículos a partir del 1 de enero de 2012.

LA QUITAN 5 ESTADOS

Pese a lo anterior, y al hecho de que durante el sexenio pasado la Secretaría de Hacienda y Crédito Público aclaró que la tenencia es un impuesto estatal, y que por tanto puede ser eliminado por los gobiernos estatales, muy poco ha cambiado.

Sólo los estados de Jalisco, Guanajuato, Morelos, Puebla y Chiapas, han eliminado por completo el cobro de tenencia vehicular.

Estados con impuesto estatal y subsidio por decreto son el Distrito Federal, al ciento por ciento, aplicable a todas las personas físicas y morales sin fines de lucro, con unidades de valor máximo de 350 mil pesos con IVA incluido.

COBROS DISIMULADOS

Otro estados que cobran tenencia de forma disimulada Sonora, Chihuahua, Sinaloa, Durango, Coahuila, Nuevo León, Zacatecas, San Luis Potosí, Aguascalientes, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Colima, Guerrero, Oaxaca, Veracruz, Tabasco, Campeche, Yucatán y Quintana Roo.

Los cambios a la tenencia en estos estados se refieren a exentar el pago de tenencia cuando el vehículo no sobrepasa determinada cantidad (de 200 a 300 mil pesos generalmente), cuando el contribuyente se encuentra al corriente en tenencias anteriores y otros derechos vehiculares; cuando el estado otorgado un subsidio, etcétera.

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