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Estudiará Corte ley 'antibronco' poblana

Un Ministro de la Suprema Corte de Justicia admitió a trámite tres acciones de inconstitucionalidad que piden anular los candados a candidatos independientes en Puebla.

Alberto Pérez Dayán admitió las demandas promovidas por las dirigencias nacionales del PRI, Morena y Movimiento Ciudadano para impugnar el decreto publicado el pasado 22 de agosto, que regula en dicha entidad a los candidatos sin partido. Foto: ArchivoEstudiará Corte ley antibronco poblana

Alberto Pérez Dayán admitió las demandas promovidas por las dirigencias nacionales del PRI, Morena y Movimiento Ciudadano para impugnar el decreto publicado el 22 de agosto, que regula en dicha entidad a los candidatos sin partido.

El Congreso y el Gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, tendrán 15 días hábiles para contestar las demandas, que la Corte seguramente resolverá antes de fin de año, ya que los asuntos en materia electoral tienen prioridad para su revisión por el Pleno.

El tema central del reclamo es el requisito de contar con el apoyo de al menos 3 por ciento del padrón electoral para registrar una candidatura independiente a Gobernador, y con apoyos de entre el 2 y 5 por ciento del padrón para aspirantes a Alcaldes y diputados locales, según el tamaño del municipio o distrito.

Sobre este punto, la Suprema Corte ya ha establecido que los Estados tienen amplia libertad de configuración para fijar requisitos a los candidatos independientes, y apenas el 8 de septiembre avaló, por 8 votos contra 2, un porcentaje idéntico de apoyo, 3 por ciento del padrón, previsto en la Ley Electoral de Tamaulipas.

Otro punto que será objeto de análisis, y que tal vez podría ser anulado si al menos ocho ministros lo consideran excesivo, es el que obliga las comparecencias de quienes apoyen a los aspirantes independientes.

"Los ciudadanos que decidan manifestar su respaldo a un determinado aspirante a candidato independiente, deberán comparecer personalmente con copia y original de su credencial para votar vigente ante los funcionarios electorales que se designen y los representantes que, en su caso, acrediten los aspirantes a candidato independiente, en los inmuebles destinados para ello", indica la regla.

Si bien la Corte ha avalado en otros Estados el requisito de acreditar el apoyo del ciudadano con copia de su credencial de elector, la exigencia de que se presente personalmente podría ser vista por algunos ministros como un obstáculo innecesario.

La Corte también estudiará reclamos sobre vicios de procedimiento en la aprobación del decreto, lo que llevaría a su invalidez total, aunque este tipo de alegato prácticamente nunca prospera, y de prosperar, sólo sirve para que la Legislatura reponga el proceso.



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