Emplazan al Congreso por ley de publicidad
Ciudad de México
Agustín Tello Espíndola, Juez Décimo Primero de Distrito en Materia Administrativa, notificó el 14 de diciembre el requerimiento a ambas cámaras del Congreso, e incluyó las advertencias sobre sanciones por desacato a las que se exponen las autoridades responsables.
El pasado 15 de noviembre, la primera sala de la Corte concedió un amparo en el que da al Congreso hasta el 30 de abril de 2018 para expedir la ley, que según un transitorio de la reforma constitucional de febrero de 2014 tenía que haber estado publicada en abril de aquel año.
“Se requiere a las autoridades responsables Cámara de Diputados y Cámara de Senadores para que dentro del término de tres días remitan las constancias con las que acrediten que dieron cumplimiento al fallo protector, cuestión que implica: emitir una ley que regule el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución antes de que finalice el segundo periodo ordinario de sesiones del último año de la LXIII Legislatura, es decir, antes del 30 de abril de 2018”, acordó el Juez.
“Apercibidas que de no hacerlo así se les impondrá multa por el equivalente a cien días de salario mínimo general; asimismo, se remitirá el expediente al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito en turno, para seguir el trámite de inejecución que puede culminar con la separación de su puesto y su consignación”, agregó.
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Corresponderá a la Comisión Permanente del Congreso informar al juez que actualmente las cámaras no están sesionando, lo que bastará para que por el momento no se les aplique la multa respectiva.