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Busca el Infonavit recuperar empleo

Tiene como objetivo reconocer a los patrones que contraten a trabajadores acreditados que hayan perdido su trabajo

Como parte de las medidas implementadas para ayudar en la recuperación económica post contingencia sanitaria Covid-19, el Consejo de Administración del Infonavit aprobó la medida de “Apoyo para recuperación de empleo”, que tiene como objetivo reconocer a los patrones que contraten a trabajadores acreditados que hayan perdido su empleo durante el periodo de mayor impacto de la contingencia sanitaria y los mantengan con relación laboral durante al menos seis bimestres continuos.

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El patrón podrá aplicar el apoyo acumulado a partir del bimestre posterior al que hayan transcurridos seis bimestres respecto de la contratación de trabajadores acreditados y únicamente en el Número de Registro Patronal por el cual se inscribió a la medida de apoyo. Lo podrá utilizar en una o varias ocasiones para el pago de sus obligaciones en materia de vivienda hasta agotarlo o hasta el 31 de diciembre de 2022, lo que ocurra primero.

REQUISITOS PARA MEDIDA DE APOYO

• No podrán acogerse a este programa los patrones que hubieran omitido en su totalidad el pago de las aportaciones y/o amortizaciones correspondientes a los bimestres del año 2020.

Los acreditados susceptibles de ser considerados para que el patrón pueda participar en el programa deberán cumplir con las características siguientes:

• Trabajadores que cuentan con un crédito de vivienda vigente ante el Infonavit, durante el periodo de permanencia definido.

• Trabajadores acreditados que perdieron toda relación laboral con posterioridad al 29 de febrero de 2020 y antes del 1 de diciembre de 2020.

• Trabajadores acreditados que sean contratados entre el 1 de septiembre de 2020 y hasta el 31 de agosto de 2021, por la ampliación de las medidas.

OBLIGACIONES

• El patrón deberá mantener la relación laboral con el trabajador acreditado contratado de manera ininterrumpida durante seis bimestres continuos. Se perderá el valor del apoyo acumulado cuando se presente un movimiento afiliatorio de baja antes de haber cumplido los seis bimestres de relación laboral, sin necesidad de que el Instituto realice una notificación formal.

• Cubrir en su totalidad y en tiempo el monto de las aportaciones y del entero de los descuentos por amortización de los bimestres referidos en el párrafo anterior.

El valor del apoyo se acumulará bimestralmente con una cantidad equivalente al monto de las aportaciones pagadas únicamente para los trabajadores acreditados contratados.

Haber realizado solicitud de aplicación a las Medidas para promover la recuperación del empleo desde el portal empresarial a más tardar el 31 de agosto de 2021.

Si el patrón se registró para las Medidas para promover la recuperación de empleo, ahora es necesario que realice la confirmación de elegibilidad de tus trabajadores acreditados. Tiene hasta 30 de septiembre de 2021 para hacer este proceso.



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