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Blinda AMLO obras estrella

Se declara de interés público y seguridad nacional la realización de proyectos y obras a cargo del gobierno de México (que) se consideren prioritarios y estratégicos para el desarrollo nacional

La polémica corrió como pólvora el lunes 22, cuando la Presidencia de la República publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo para garantizar la terminación oportuna de las obras estrella del presidente Andrés Manuel López Obrador.

Blindaje de papel, la protección de AMLO sobre sus obras.Blinda AMLO obras estrella

La parte del acuerdo que también levantó ámpula en la opinión pública estipula que se instruye a las dependencias y entidades de la administración pública federal “a otorgar la autorización provisional a la presentación y obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras y, con ello, garantizar su ejecución oportuna (…) y el ejercicio de los presupuestos autorizados.

“La autorización provisional será emitida en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la presentación de la solicitud correspondiente. Transcurrido dicho plazo, sin que se emita una autorización provisional expresa, se considerará resuelta en sentido positivo”.

Sin embargo, la protección que López Obrador pretende sobre sus obras en realidad es un blindaje de papel, de acuerdo con los expertos consultados por este semanario.

El maestro constitucionalista Elisur Arteaga Nava explica que “con una suspensión que se otorgue” contra el acuerdo publicado en el DOF la administración pública federal “se pondrá de cabeza” y se frenará la acción presidencial.

Quien defendió a Andrés Manuel López Obrador cuando fue desaforado en 2005, ahora explica que la clave contra el blindaje federal está en que algún particular o particulares, mediante un amparo, soliciten la suspensión del acuerdo, o que los legisladores de oposición, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales o la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, entre otros entes, promuevan la suspensión vía una controversia constitucional. 

“La pelota estará en la cancha de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la cual resolverá la controversia constitucional; y en los tribunales, con los jueces de distrito, cuando se presenten los amparos”. 

En ambos casos, dice Arteaga Nava, debería otorgarse la suspensión porque la ley reglamentaria del artículo 105 dispone que no procederá la suspensión tratándose de leyes generales.

Con su acuerdo, “López Obrador pretende pasar por alto las suspensiones tanto provisional como definitiva, para dejar a los particulares en estado de indefensión. (Él) apuesta a que un amparo tarde entre seis meses y un año en resolverse y, cuando la autoridad jurisdiccional diga que el particular tuvo la razón, ya concluyó la obra realizada de manera arbitraria”, detalla el constitucionalista. 

De acuerdo con el también maestro de la Escuela Libre de Derecho y de la Universidad Autónoma Metropolitana, el presidente publicó el acuerdo para tratar de frenar su mayor problema: que se concedan los amparos promovidos por los particulares. 

OBSTACULIZAN ADMINISTRACIÓN

“La acción de los particulares ha estado encaminada no tanto a obstaculizar su administración, sino a evitar que los actos violatorios afecten sus derechos, como ha sucedido. Entonces, los particulares estamos yendo al amparo”.

–¿El presidente López Obrador está facultado para realizar las maniobras como la publicación del acuerdo?

–Funda su determinación en los artículos 26 y 90. Quienes conocen de derecho saben que la reglamentación de la Constitución corresponde al Congreso de la Unión; y que el presidente de la República no puede ejercer esta facultad, salvo en el supuesto previsto en el artículo 29 constitucional. 

“Pero él (López Obrador) se cobija en el artículo 26, que alude a la ley en sus tres apartados, y el presidente de la República no puede emitir leyes, lo que más puede es reglamentarlas y lo hace con base en el artículo 89, fracción primera”.

–Entonces, ¿qué pretende el presidente?

–Pretende pasar por alto los derechos que los artículos 6, 26 y 134 conceden en favor de los ciudadanos. Todos tenemos derecho a ser informados de los negocios públicos, eso lo prescribe el artículo sexto. 

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Estamos volviendo a los tiempos de Santa Anna, a un Estado dictatorial absolutista y sin respeto de las leyes (…) Está derivando en la destrucción del estado de derecho”. Elisur Arteaga Nava, maestro constitucionalista

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Llamado polémico

- El sábado 20, con motivo del 111 aniversario de la Revolución Mexicana, el secretario de la Defensa Nacional, Luis Cresencio Sandoval González, en su discurso llamó a los mexicanos “a estar unidos en el proyecto de nación que está en marcha”

- El pronunciamiento también causó controversia en quienes interpretaron que se trataba de una línea que el general no debió cruzar

- Arteaga Nava considera que el llamado de Sandoval González “rompe con la esencia de las fuerzas armadas, con el principio universal de que los militares están para obedecer no para inmiscuirse en los asuntos de la política, y rompe con el principio constitucional

- “El articulo 9, en un párrafo, dice que ninguna reunión armada tiene derecho a deliberar; y el general está armado. Luis Crescencio Sandoval violó el artículo noveno de la Constitución”

- Raúl Benítez, experto en fuerzas armadas, ve el llamado del general en un contexto en el que López Obrador “quiere fidelidad de todos los ministros y que se la hagan explícita, pero como secretario de Estado, no como comandante del Ejército”.

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