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Bajo lupa del TEPJF mañaneras de AMLO

La totalidad de las transmisiones en período de comicios fueron materia de denuncia por una supuesta intromisión en el proceso

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) hace una revisión sobre las conferencias matutinas del presidente Andrés Manuel López Obrador que se ofrecieron durante el periodo de campaña electoral y en las que se presume que existen infracciones.

El TEPJF hace una revisión sobre las conferencias matutinas del presidente.Bajo lupa del TEPJF mañaneras de AMLO

De acuerdo con fuentes judiciales electorales, la totalidad de las mañaneras en periodo electoral fueron materia de denuncia por una supuesta intromisión en el proceso.

Esta situación es revisada por  la sala regional para determinar exactamente cuántas son las quejas y en cuáles procede una infracción y en cuáles no.

Hasta el momento, la sala que preside el magistrado Rubén Lara Patrón ha dado salida a 11 impugnaciones en contra de las conferencias matutinas del Mandatario federal, en las cuales se señaló que el Titular del Ejecutivo federal cometió actos de propaganda gubernamental en un periodo en el que estaba prohibida y que  incluso pudo haber cometido actos de campaña.

Son cuatro son los casos en los que la sala declaró existencia de alguna infracción.

Una de las primeras acusaciones contra el presidente Andrés Manuel López Obrador, así como  su coordinador de Comunicación Social y Vocería del gobierno, Jesús Ramírez Cuevas, fue por la exposición que se hizo del documento denominado Rescatemos a México, atribuido supuestamente al Bloque Opositor Amplio (BOA), ello durante la conferencia de prensa matutina del 9 de junio de 2020, previo al inicio del proceso electoral.

La denuncia fue presentada por el PAN y otras instancias, las cuales acusaron promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, violación al principio de imparcialidad, así como calumnia. El sentido de la resolución fue que se declaró inexistentes las infracciones atribuidas al Presidente de la República, así como al vocero Ramírez Cuevas.

CARECE DE ELEMENTOS

“Se determinó que el documento denunciado carece de elementos que conduzcan a considerar que se trata de propaganda gubernamental, dado que no se da a conocer alguna acción de gobierno, avances o desarrollo económico ni beneficios o compromisos cumplidos por parte de la autoridad con la ciudadanía”, se detalló en la sentencia. 

Por esta respuesta, el PAN y el PRD se inconformaron e impugnaron la resolución de la Sala Regional Especializada ante la Sala Superior del tribunal.

UN DATO

La denuncia fue presentada por el PAN y otras instancias, las cuales acusaron promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, violación al principio de imparcialidad, así como calumnia.





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