buscar noticiasbuscar noticias

Tendría SAT aval para cobrar más

De aprobarse la inclusión de un artículo antielusión al Código Fiscal de la Federación, esto ocurrirá con los actos jurídicos que a juicio del fisco carezcan de una razón de negocio y generen un beneficio fiscal al contribuyente

Ciudad de México

Tendría SAT aval para cobrar más

Aun sin tratarse de actos de simulación, compra de facturas o evasión fiscal, el Servicio de Administración Tributaria podría recaracterizar cualquier acto jurídico para elevar el pago de impuestos de contribuyentes, según lo propuesto en el Paquete Económico 2020.

De aprobarse la inclusión de un artículo antielusión al Código Fiscal de la Federación, esto ocurrirá con los actos jurídicos que a juicio del fisco carezcan de una razón de negocio y generen un beneficio fiscal al contribuyente.

La elusión fiscal no debe confundirse con evasión, pues es una opción por ley en la que se puede utilizar determinado esquema para tributar, explicó Marco Antonio Mendoza, abogado fiscalista.

“La autoridad está pretendiendo adquirir como facultad el valorar un esquema que tenga el contribuyente implementado para el pago de sus impuestos y revisar si aun cuando no sea ilegal, aun cuando no sea con actos simulados, aun cuando se trate de operaciones reales y no sea un esquema de compra de facturas, de todos modos quiere el SAT poder evaluar y decir: ‘Este esquema te da un beneficio fiscal y este beneficio fiscal es igual o mayor que el beneficio económico que tuviste. Para mí eso es una operación de elusión fiscal que puedo y debo recaracterizar, es decir, cambiarle naturaleza a buscar una operación que genere más impuesto a tu cargo’”, dijo.

Además, al no detallarse lo que la autoridad entiende por razón de negocio, se corre el riesgo de que a cualquier contribuyente con pérdidas se le aplique este procedimiento, agregó Rodolfo Servín, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Guadalajara.

“Podemos caer en absurdos que no le den certeza a los contribuyentes. De cualquier tamaño (...) pequeños, la micro, pequeña empresa”.

“Por esta ausencia de definición pues resulte que no se considera que tenía razón de negocio y la autoridad pueda recaracterizar los actos jurídicos para efectos de tener una utilidad diferente que sea base para el pago de los impuestos”, señaló.



DEJA TU COMENTARIO
PUBLICIDAD

PUBLICIDAD