Reclaman a Segob uso del término ‘abatir’
Descarta Campa que se ordene dar muerte
México, D.F.
Ayer se publicó la versión de Roberto Campa, Subsecretario de Derechos Humanos, en la cual descarta que la orden se refiera a privar a la vida a presuntos delincuentes.
“Me parece conveniente precisar cuál es, de manera formal en el diccionario, el concepto abatir: derribar, desarmar, descomponer (...) Nosotros trabajamos con Sedena para garantizar que todas las órdenes cumplan con los derechos humanos”, argumentó en entrevista.
“Absolutamente ninguna de las acepciones del término ‘abatir’ se refiere a privar de la vida”, alegó.
En respuesta, el Centro Prodh acusó que la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) y la Secretaría de Marina (Semar) utilizan el término “abatir” como sinónimo de “privar de la vida” en sus comunicados de prensa.
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“El término ‘abatir’ se utiliza en al menos 20 ocasiones para aludir a la muerte de personas identificadas como presuntos delincuentes en enfrentamientos con las Fuerzas Armadas, tan sólo en boletines relacionados con operaciones de las fuerzas armadas en los dos sexenios más recientes.
“De los 12 comunicados de la Sedena que mencionan esta acepción del término “abatir” y sus derivados en un total de 15 ocasiones, 11 son comunicados nacionales y 1 de mandos territoriales. (...) En cuanto a los comunicados de la Semar en el mismo sentido, el término se utilizó en 5 ocasiones en 5 comunicados”, expuso la organización en un boletín.
Añadió que, en cuatro documentos diferentes, los militares involucrados en la ejecución extrajudicial de Tlatlaya mencionaron haber abatido a 21 personas.
Cuestionado sobre la posibilidad de una interpretación errónea del término, el Subsecretario consideró que los militares deben interpretar las órdenes de manera sistémica.
Defendió que los siete militares sujetos a proceso en el fuero militar incumplieron con la instrucción verdadera de la orden, y por ello enfrentan una acusación.
Campa también subrayó que la orden incluye disposiciones para la garantía de derechos humanos, como la observancia de la Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura y que las operaciones deben realizarse con estricto respeto a los derechos humanos.
Al respecto, el Centro Prodh consideró que la orden militar es contradictoria, puesto que incluye lenguaje de derechos humanos, pero en términos operativos es contraria a ellos.
“Instruyen expresamente a ‘abatir delincuentes’, lo que implica la suspensión de facto de nuestro marco legal en la medida en que éste sólo permite a las Fuerzas Armadas detener a civiles cuando éstos se encuentran en flagrancia delictiva, supuesto en el que deben ser presentados ante autoridad competente.
“Más aún, la orden suspende el derecho humano a la presunción de inocencia, pues la convicción de que una persona es responsable de un delito sólo puede derivar de sentencia judicial y no de la apreciación subjetiva de una unidad castrense”, argumentó el Centro Prodh.
La organización terminó por exigir que los mandos militares involucrados con la orden sean citados a comparecer ante el fuero civil, situación que el Subsecretario negó vaya a ocurrir debido a que la orden se emitió para garantizar derechos humanos.