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Rechazan las pruebas de subordinados de Rosario

Los quejosos son Enrique Prado Ordóñez,y Sonia Angélica Zaragoza González

Ciudad de México.

Rechazan las pruebas de subordinados de Rosario

Un juez federal negó a dos excolaboradores de Rosario Robles el amparo con el que pretendían que la Fiscalía General de la República fuera obligada a aceptarles 3 pruebas de descargo, en la investigación de un desvío de 124 millones en la Estafa Maestra.

Los quejosos son Enrique Prado Ordóñez, director de Adquisiciones y Contratos, y Sonia Angélica Zaragoza González, directora General de Recursos Humanos, cargos que desempeñaron en la Sedatu y la Sedesol.

Antonio González García, Juez Segundo de Distrito de Amparo en la Ciudad de México, resolvió que si bien los imputados tienen derecho a ofrecer pruebas, la FGR no está obligada a aceptarlas en su totalidad, porque su admisión depende de los requisitos y límites que marcan las leyes secundarias.

"La defensa adecuada a que refiere el artículo 20 constitucional, en el apartado correspondiente, consiste en dar oportunidad a todo inculpado de aportar pruebas durante la etapa de la averiguación previa, lo que no implica como lo pretende el quejoso, que sin limitación alguna se provean de conformidad todas las probanzas que él o su defensor ofrezcan durante dicha etapa", señala la sentencia del juez.

Prado y Zaragoza ofrecieron como pruebas una copia del "Acuerdo del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, por el que se aprueban las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Sedesol".

También solicitaron requerir a la Secretaría de Bienestar (antes Sedesol) una copia certificada del documento indicado para que fuera cotejado con el que ellos ofrecieron en copia simple.

La tercera prueba es la copia certificada del audio y video de la audiencia en la que Simón Pedro de León Mojarro, ex coordinador de delegaciones de la Sedesol, no fue vinculado a proceso por este supuesto desvío de 124 millones de pesos.

La FGR rechazó admitirles estas evidencias porque, en el caso del Acuerdo, dijo que es una norma que no está sujeta al ofrecimiento de pruebas porque la FGR tendría la obligación de considerarlo en caso de ser aplicable a su investigación.

Y en relación al video, señaló que los indiciados ni siquiera señalaron el número de causa penal para solicitarlo a la autoridad judicial y mucho menos precisaron la relación jurídica que guarda el caso de Simón Pedro de León con el expediente que se sigue contra ellos.

El 3 de abril de 2019 el juez de control Fernando Payá Ayala rechazó vincular proceso a de León Mojarro, al estimar que no existían elementos para relacionarlo con una presunta contratación indebida de 124 millones 100 mil pesos que hizo la Sedesol con la Universidad Intercultural del Estado de México.

El objetivo de este convenio era levantar Cuestionarios Únicos de Información Socioeconómica (CUIS) en zonas rurales y urbanas con el objetivo de localizar a las personas en situación de pobreza extrema alimentarias en las 32 entidades federativas.



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