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Rechazan en Corte despenalizar el aborto

La votación fue de cuatro votos contra uno incluidos los de dos ministras

Ciudad de México.

Rechazan en Corte despenalizar el aborto

La Suprema Corte de Justicia desechó un proyecto que ordenaba al Congreso de Veracruz despenalizar el aborto en las primeras doce semanas de gestación.

Por cuatro votos contra uno -incluidos los de dos ministras- la primera sala de la Corte rechazó la propuesta del ministro Juan Luis González Alcántara que indicaba que mantener penalizado el aborto viola tratados internacionales que prohiben discriminar a las mujeres.

Los ministros de la mayoría no se pronunciaron sobre la penalización, sino que consideraron que el amparo, promovido por varias organizaciones no gubernamentales de Veracruz, es improcedente, pues no existe la omisión legislativa planteada por González Alcántara.

“La Corte ha establecido que existe omisión cuando hay mandato constitucional o legal de legislar en un sentido y en un plazo. Ese ha sido el criterio”, explicó la ministra Norma Piña.

“La Corte no puede sustituir al Congreso para ordenarle un contenido legislativo específico, porque no existe un mandato Constitucional de legislar en ese sentido”, agregó.

La ministra enfatizó que, incluso si existiera tal mandato, los ministros no podrían ordenarle a la Legislatura cuál es el contenido que debería tener la norma. 

“La Corte incurriría en activismo judicial, que desbordaría por muchos sus facultades constitucionales”, apuntó.

La ministra Margarita Ríos-Farjat coincidió con Piña en que no hay omisión, porque la interrupción del embarazo sí está normada en Veracruz. 

“Hay un problema técnico jurídico que me impide pronunciarme sobre el fondo del asunto”, indicó.

Los ministros Jorge Pardo y Alfredo Gutiérrez también votaron en contra del proyecto y por la improcedencia del amparo, sin hacer juicios sobre la legislación vigente en Veracruz.

El proyecto de González Alcántara se basaba en tratados de la ONU y de la Organización de Estados Americanos para eliminar la discriminación y la violencia contra las mujeres.

Ninguno de ellos prohibe expresamente penalizar el aborto, pero González Alcántara sostuvo que Veracruz ha incurrido en omisión legislativa porque mantener dicha sanción desconoce el amplio alcance del derecho a la salud y la libertad reproductiva de las mujeres.

“La prohibición total de la interrupción del embarazo -vía tipificación penal- es una barrera que genera discriminación en contra de las mujeres en relación con el acceso al derecho a la salud”, indicaba el proyecto.

“Las decisiones de la mujer durante el periodo de las primeras doce semanas del embarazo, previos al periodo fetal, son parte de su esfera privada que no está sujeta a la potestad sancionadora del Estado”, agregaba

En Veracruz, la mujer que aborta voluntariamente no enfrenta cárcel, pero sí “tratamiento en libertad, consistente en medidas educativas y de salud”.



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