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Pruebas contundentes en el Trife contra Maki

Coacción de voto y uso indebido de recursos públicos. Asesores de Morena la entregaron dentro del proceso de impugnación electoral

Los asesores jurídicos del Partido del Movimiento de Regeneración Nacional encabezados por el abogado Cosme Cerecedo Gutiérrez ofrecieron una prueba superviniente dentro del proceso de impugnación de las elecciones municipales donde ganara Maki Ortiz Domínguez.

MORENA presenta prueba superviniente que consiste en un elemento que no se conocía dentro del proceso de la impugnación.Pruebas contundentes en el Trife contra Maki

Destacó que el Tribunal Electoral del estado de Tamaulipas reafirmó  la multa de 40 mil 300 pesos contra Ortiz Domínguez por  coacción al voto y uso indebido de recursos públicos.

La prueba sobreviniente consiste en mostrar un elemento nuevo que no se conocía dentro del desarrollo de una queja, como la presentada por MORENA explicó Cerecedo Gutiérrez.

Dijo que en este caso que los abogados presentaron  el fin de semana pasado en la Sala Regional de Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la prueba de referencia fue conocida gracias a la intervención del Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas.

Cerecedo Gutiérrez indicó que la prueba superviniente consiste que el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas confirma con su texto que Maki Ortiz Domínguez cometió los delitos electorales de coacción al voto y el uso indebido de recursos públicos.

Este es el texto al que hace alusión Cerecedo Gutiérrez: “Sentencia que revoca parcialmente la resolución IETAM/CG-26/2018, emitida dentro del procedimiento especial PSE-75/2018, toda vez que la responsable emitió precisar si sancionó una sola conducta , o con la multa que impuso sancionó las dos infracciones que tuvo por acreditadas”.

Es parte del documento emitido por el Tribunal Electoral del Estado de Tamaulipas el 14 de septiembre de este año.

La presentación de  este argumento es considerada la prueba superviniente.

El abogado morenista por otra parte dijo que en la resolución del IETAM dejan sin responsabilidad en los hechos que le imputan a Ortiz Domínguez al personal del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia.

Recordó que dentro de la impugnación del proceso electoral se consideró que personal del DIF participó en un hecho electoral en el ejido Periquitos el 10 de junio dentro de la campaña política del Partido Acción Nacional.

Destacó que para que el personal estuviera en esos acontecimientos alguien tuvo que autorizarlos o también que  ese alguien hubiera impedido que estuvieran presentes en esos hechos. 


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