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Propone diputada agilizar búsqueda de desaparecidos

Ante el riesgo de perder valiosa información, plantea localizar a desaparecidos tras 24 y no 72 horas después

La diputada federal de Morena Nohemí Alemán Hernández propuso que al tener que esperar 72 horas para iniciar la investigación y búsqueda de personas desaparecidas se pierde la oportunidad de obtener información clave para encontrarlas, por ello, propone que este tiempo se reduzca a 24 horas. 

Propone diputada agilizar búsqueda de desaparecidos

En derecho internacional es una práctica muy superada. Se han desarrollado protocolos de búsqueda que indican que las primeras 48 horas son las más importantes para tener éxito en encontrar con vida a desaparecidos

En México no se usan tecnologías simples, es decir, no se realiza el rastreo de las llamadas realizadas desde los teléfonos celulares de los desaparecidos; y si se utiliza, es a destiempo. 

Además, todos los teléfonos celulares tienen un sistema de geolocalización que permite saber en qué zona está el aparato, pero esta pista se pierde si se acaba la batería y/o si el presunto delincuente se deshace del dispositivo. 

La diputada tamaulipeca, recuerda que México firmó y ratificó la Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (aquellas en las que interviene un agente del Estado), la cual establece que las autoridades deben examinar “de manera urgente” las peticiones de familiares. 

Lo anterior, independientemente de que esté involucrado, o no, un agente del Estado, se debe investigar de inmediato y exhaustivamente, de acuerdo con una interpretación conjunta de los artículos 3 y 12 de la Convención, y no esperar 72 horas. “Se debe iniciar una investigación tras recibir una denuncia de desaparición”. 

Ante ello, se encuentra pendiente de dictamen en la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados la propuesta de la referida legisladora para reformar el primer párrafo del artículo 67 de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas. 

Esto con el objeto de que se establezca que las instituciones de seguridad pública de los tres órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, deben contar y garantizar la disponibilidad inmediata de personal especializado y capacitado en materia de búsqueda de personas, y que dicho personal deberá atender “de manera urgente” las solicitudes de la Comisión Nacional de Búsqueda y las comisiones locales de búsqueda, según corresponda. 

Asimismo, se propone reformar la fracción IV del artículo 89 de la citada ley, para establecer que ante el reporte de una persona desaparecida o no localizada, iniciará la búsqueda de inme



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