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Prohíben fumar en conciertos, taxis, escuelas...

La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó una reforma para prohibir a las personas fumar en escuelas, centros de trabajo, conciertos o partidos de fútbol

CIUDAD DE MÉXICO

Prohíben fumar en conciertos, taxis, escuelas...

"Queda prohibido a cualquier persona consumir o tener encendido cualquier producto del tabaco y nicotina en los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones, en los espacios cerrados, los lugares de trabajo, el transporte público, espacios de concurrencia colectiva, las escuelas públicas y privadas en todos los niveles educativos y en cualquier otro lugar con acceso al público que en forma expresa lo establezca la Secretaría (de Salud)", cita la propuesta de reforma al artículo 26 de la Ley General para el Control del Tabaco.

La comisión presentó un dictamen en el que se agrega en el artículo sexto que se entenderá por espacio 100 por ciento libre de humo de tabaco y emisiones: a aquella área física con acceso al público, todo lugar de trabajo, transporte público o "espacio de concurrencia colectiva", en los que por razones de orden público e interés social queda prohibido fumar, consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o de nicotina. Se precisa que el llamado "Espacio de Concurrencia Colectiva" será todo espacio destinado al acceso público para el desarrollo de actividades deportivas, artísticas, culturales y de entretenimiento, tanto del ámbito público como privado, independientemente si está cubierto por un techo y confinado por paredes o que la estructura sea permanente o temporal. También se agrega que la prohibición en lugares de trabajo se entenderá en todos los lugares utilizados por las personas durante sus labores.

"Incluye no sólo aquellos donde se realiza el trabajo, sino también todos los lugares conexos y anexos que los trabajadores suelen utilizar en el desempeño de su empleo, así como los vehículos que se utilizan mientras se realiza el trabajo".

Sobre la prohibición en transporte público, se precisa que los espacios 100 por ciento libres de humo abarcan también los vehículos individual o colectivo que circulen por tierra, aire o agua utilizado para transportar personas, generalmente con fines comerciales, laborales, escolares u otros. Ello, en unidades que regularmente se obtiene una remuneración, lo que incluye terminales, estaciones, paradas y otras instalaciones de mobiliario urbano conexo.

La reforma eliminó la propuesta inicial en un anteproyecto de dictamen donde se pretendía prohibir la exhibición, comercialización, venta, distribución y suministro de cigarros y de productos de "vapeo". La restricción se eliminó luego de un enfrentamiento entre diputados de Morena, donde cruzaron acusaciones de corrupción por ceder a los intereses de los industriales del sector.



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