Piden a Corte atraer caso Aristegui
Abogados de la periodista Carmen Aristegui solicitaron a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ejercer su facultad de atracción para conocer de una parte de su litigio contra Grupo MVS, que la despidió en marzo pasado.
La comunicadora a su salida de una reunión con representantes de MVS el 21 de mayo pasado. Foto: Archivo
Cd. de México.
La petición a la Corte es para atraer el recurso de queja promovido por MVS contra la decisión del juez federal Fernando Silva García de admitir a trámite el amparo con el que Aristegui cuestionó su salida del noticiero matutino de esa empresa.
La admisión del amparo ha sido polémica, ya que el juez Silva le dio a MVS el carácter de autoridad responsable que puede violar derechos humanos, como si fuera una dependencia de Gobierno, por el hecho de ser concesionaria del servicio público de radiodifusión.
"Determinar la actualización e interpretación de la norma jurídica contenida en el segundo párrafo de la fracción II del artículo 5 de la Ley de Amparo, y fijar un criterio en los casos en los que se vean involucrados, con carácter de autoridad responsable, los concesionarios del servicio público de radiodifusión", son las acciones que el equipo de Aristegui solicitó de la Corte.
El artículo 5 de la ley, vigente desde 2013, dice que el amparo procede contra particulares "cuando realicen actos equivalentes a los de autoridad".
La queja de MVS está radicada en el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa, al que ordinariamente le toca resolver si el amparo de Aristegui tenía que haber sido desechado de inmediato por notoria improcedencia.
Xavier Cortina y Javier Quijano, abogados de Aristegui, no tienen legitimación legal para solicitar a la Corte que atraiga el caso, ya que dicha facultad corresponde sólo a PGR, los tribunales colegiados y los ministros de la Corte.
Fuentes judiciales informaron que se busca que algún Ministro haga suya la solicitud 208/2015, lo que, de prosperar, implicaría que dicho Ministro presente a una de las Salas de la Corte un proyecto de sentencia para resolver si la atracción procede o no.
De ser atraída la queja, la intervención de la Corte se limitaría a establecer si el amparo de Aristegui era notoriamente improcedente, o si el juez Silva tuvo razón en admitirlo para recabar más pruebas y determinar si MVS actuó o no como autoridad.
La solicitud de atracción puede prolongar varias semanas adicionales el trámite del amparo, actualmente suspendido, periodo en el que Aristegui seguirá cobrando su salario, según ordenó Silva en una resolución del 12 de mayo.
En marzo de 2014, la Segunda Sala de la Corte estableció que un amparo de indígenas otomíes contra Teléfonos de México, concesionaria de telecomunicaciones, no era notoriamente improcedente y ordenó admitirlo a trámite, aunque eventualmente esa demanda no tuvo éxito.
En el caso de Aristegui, otro problema es que un juez federal en materia civil tramita una demanda mercantil de MVS para buscar la terminación del contrato con la periodista, por lo que existe riesgo de sentencias contradictorias sobre el mismo asunto.
