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Ajuste por pensión del gobierno

* Una ley que afecta a los cónyuges y cónyuges sobrevivientes

Si recibe una pensión del gobierno federal, estatal o municipal por jubilación o por incapacidad, basada en su historial de trabajo donde no pagó impuestos de Seguro Social, es posible que sus beneficios de Seguro Social como cónyuge o cónyuge sobreviviente sean reducidos. Esta publicación provee respuestas a las preguntas que pueda tener sobre la reducción.

Ajuste por pensión del gobierno

La cantidad de sus beneficios de Seguro Social se reducirá por dos tercios de su pensión gubernamental. O sea, si usted recibe una pensión mensual del servicio civil de 600 dólares, dos tercios de eso, 400, tienen que ser descontados de sus beneficios de Seguro Social. Por ejemplo, si tiene derecho a un beneficio de 500 de Seguro Social como cónyuge o cónyuge sobreviviente, usted recibirá 100 al mes del Seguro Social 500-400=100). Si dos tercios de su pensión del gobierno son más de sus beneficios de Seguro Social, es posible que sus beneficios sean reducidos a cero. Si elige recibir su pensión del gobierno en un pago global, el Seguro Social calculará la reducción como si hubiera elegido pagos mensuales.

Los beneficios que pagamos a los cónyuges o cónyuges sobrevivientes son beneficios para «dependientes». Estos beneficios fueron establecidos en los años de 1930 para compensar a los cónyuges que se quedaban en casa cuidando de la familia y dependían económicamente de su cónyuge trabajador. Al presente es más común que ambos cónyuges trabajen y cada uno se gana su propio beneficio de Seguro Social por jubilación. 

La ley requiere que los beneficios de cónyuge o cónyuge sobreviviente sean reducidos por la cantidad de su propio beneficio por jubilación. Por ejemplo, si una persona trabajó y ganó su propio beneficio de Seguro Social de 800 al mes, pero también tenía derecho a un beneficio como cónyuge de 500 bajo el número de Seguro Social de su cónyuge, no podemos pagarle el beneficio de cónyuge ya que su propio beneficio es mayor que el beneficio que recibiría como cónyuge. Sin embargo, en el pasado, antes de que entrara en vigor la Ley de ajuste por pensión del gobierno, si esa misma persona era un empleado del gobierno que no pagó impuestos de Seguro Social y ganó una pensión del gobierno de 800 dólares, no había un ajuste y estábamos obligados a pagarle su beneficio de cónyuge completo y su pensión de gobierno completa. Si los ingresos de este empleado del gobierno estaban sujetos a impuestos de Seguro Social, reduciremos cualquier beneficio como cónyuge o cónyuge sobreviviente por la cantidad de sus propios beneficios de Seguro Social. El Ajuste por pensión del gobierno asegura que el calculo de los beneficios de empleados gubernamentales, que no pagan impuestos de Seguro Social, sea igual al calculo de las otras personas que laboran en el sector privado y pagan impuestos de Seguro Social.

Por lo general, no reduciremos sus beneficios de Seguro Social como cónyuge o cónyuge sobreviviente si usted: Recibe una pensión del gobierno que no está basada en sus propias ganancias; o  Es un empleado federal (incluso aquellos a quienes se les aplica un ajuste de pensión de servicio civil), estatal o municipal cuya pensión gubernamental está basada en un trabajo donde pagaba impuestos de Seguro Social.

Aunque no reciba ninguna pensión basada en el trabajo de su cónyuge, todavía puede tener la cobertura de Medicare a los 65 años de edad bajo el número de Seguro Social de su cónyuge, si usted no tiene derecho la cobertura de Medicare bajo su propio número de Seguro Social. El ajuste sólo aplica a los beneficios de Seguro Social que una persona puede recibir como cónyuge o cónyuge sobreviviente. Sin embargo, es posible que su propio beneficio sea reducido debido a otra estipulación de la ley.

La manera más fácil de comunicarse con nosotros es visitando nuestro sitio de internet, www.segurosocial.gov no importa la hora ni el lugar. En nuestro sitio de internet podrá: solicitar los beneficios de Seguro Social, crear una cuenta de my Social Security, revisar su Estado de cuenta de Seguro Social, verificar sus ganancias, imprimir una carta de verificación de los beneficios, cambiar su información de depósito directo, solicitar un remplazo de su tarjeta de Medicare, obtener un duplicado de los formularios 1099/1042S; encontrar copias de nuestras publicaciones y obtener repuestas a las preguntas más comunes; y mucho más.

Si no tiene acceso al internet, ofrecemos muchos servicios telefónicos automatizados las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Llámenos a nuestro número gratuito 1-800-772-1213, oprima el número 7 para hablar en español con uno de nuestros agentes o a nuestro número TTY, 1-800-325-0778, para las personas sordas o con problemas de audición. Esperamos poder servirle.