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Multan a Iberdrola por 9 mil 145 mdp

La Comisión Reguladora de Energía considera que la multinacional española incumplió la ley al vender electricidad a sus socios

Ciudad de México

Parque eólico de la empresa multinacional española Iberdrola en el estado de Puebla, México.Multan a Iberdrola por 9 mil 145 mdp

La Comisión Reguladora de Energía (CRE) de México multó a la empresa multinacional española Iberdrola con 9 mil 145 millones de pesos (unos 466 millones de dólares) la multa más alta en el sector de energía de la historia. 

El organismo considera que Iberdrola incumplió la ley al vender electricidad a sus socios, pero la empresa rechaza haber cometido una ilegalidad y fuentes cercanas señalan que es “previsible” que impugne la resolución ante los tribunales. 

La decisión es el primer gran castigo a un operador privado desde que el presidente Andrés Manuel López Obrador llegó al poder con la promesa de “rescatar” la soberanía energética del país.

La resolución de la CRE responde a una denuncia presentada en 2020 por la Comisión Federal de Electricidad (CFE), la paraestatal que este gobierno ha querido fortalecer, contra varias empresas energéticas por supuestas irregularidades administrativas. 

Entre las compañías denunciadas, figura una planta de ciclo combinado de Iberdrola en Monterrey que abastece a comercios y fábricas por medio de un esquema de autoabastecimiento. Esta central es la acreedora de la sanción.

En una resolución publicada ayer en el portal de la CRE, se señala que Iberdrola violó la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, ya derogada, por venta de electricidad a los socios que aparecen en los permisos que recibió la firma española para su planta de Dulces Nombres en Nuevo León, inaugurada en 2016.

Según la CRE, Iberdrola incumplió con el Artículo 36 de la Ley del Servicio Público de Energía y el 90 de su reglamento.

En la defensa que Iberdrola interpuso para tratar de evitar la sanción, la empresa negó haber cometido actos ilícitos y consideró que la CRE no presenta evidencia válida que demuestre la comercialización de energía.

“La acusación está soportada principalmente en facturas cuyos conceptos no demuestran la presunta venta de energía eléctrica”, expuso.



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