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Mexicanos en el extranjero y sus derechos políticos

En el sentido más amplio, a partir de ahora tenemos necesidad de repensarnos desde y para el nuevo universo nacional, asumiendo plenamente todas sus formas sociales como elementos de un mismo todo

CIUDAD DE MÉXICO

Mexicanos en la frontera con EU. Una dimensión transterritorial.Mexicanos en el extranjero y sus derechos políticos

Si alguien buscaba una transformación en estos tiempos, más allá de discursos políticos, aquí está presente una evolución extraordinaria. El horizonte abierto es infinito, con todas las potencialidades y desafíos posibles. Entre otros, surgen valiosas oportunidades para concebir y trazar el desarrollo nacional con base en sus nuevos parámetros, que son mucho más potentes que las ya excepcionales remesas familiares. Además, giramos hacia una diversidad cultural gigantesca que acoge formas culturales que evolucionaron en lugares como Los Ángeles o Chicago, pero que han pasado a formar parte de un mismo universo que articula orígenes, historias y, mediante la reforma constitucional, un mismo manto de nacionalidad.

En el sentido más amplio, a partir de ahora tenemos necesidad de repensarnos desde y para el nuevo universo nacional, asumiendo plenamente todas sus formas sociales como elementos de un mismo todo. Dicho de otra manera, resulta inevitable superar el paradigma territorial –que concebía a la nación “encajonada” en el territorio– y reconocer ahora que la nación ha desbordado los límites espaciales para alcanzar una dimensión transterritorial.

El tiempo transterritorial puede imaginarse como si fuera un continente nuevo, que debe recorrerse, dibujarse el mapa y poblarse progresivamente. Los términos son fuertes, pero vale la pena insistir en ello: la nación mexicana de hoy es otra, literalmente. Revisemos de manera rápida solamente uno de los desafíos más interesantes, que en sí mismo implica una ruta de cambio social: los derechos políticos de la población mexicana que reside en el extranjero y, particularmente, la que nació en el extranjero.

De entrada, estas poblaciones tienen iguales derechos que la población que vive en el territorio. No hay discriminaciones ni exclusiones, pues sería inconstitucional que existieran. Sobre este principio, ¿cómo ejercer sus derechos y en particular los políticos? El tema es sólo un fragmento del continente transterritorial, pero sirve como ejemplo para acercarnos a la comprensión del desafío que tienen los derechos de la población mexicana en el extranjero.

Desde la perspectiva del marco electoral federal en materia de voto –usando este elemento de la cuestión electoral–, la discusión se ha centrado sobre el ejercicio de este derecho desde el extranjero. No está mal el enfoque, pero es una perspectiva limitada debido a que, en buena medida, está dirigido a la población que emigró, es decir, la que vivía en México y se trasladó al extranjero, en el mejor de los casos llevando consigo su credencial de elector (sin incluir por ahora la complejidad de emitir el voto).

La limitación de la perspectiva anterior consiste en que la población mexicana nacida en el extranjero no está presente como actor central del proceso electoral. De hecho, para apreciar la dimensión del desafío valoremos el dato: la población mexicana nacida en el extranjero es demográficamente mayor que la población que emigró. No obstante, el debate político electoral y la forma de los instrumentos electorales están concebidos e implementados desde y para la población que reside en el territorio o bien para la que emigró, lo cual era suficiente en el siglo XX. Pero ya no más, especialmente después de la reforma del artículo 30 constitucional del año 2021.

Como muestra el ejemplo, nuestros parámetros de reflexión pública sobre la política electoral, volviendo a los términos de hace rato, persisten atrapados en el paradigma territorial de la nación y, consecuentemente, todavía no incluyen plenamente a la población mexicana nacida en el extranjero. No se ha producido el giro transterritorial, lo cual es un tránsito obligado conforme a los principios constitucionales de igualdad ante la ley y no discriminación. ¿O los mexicanos en el extranjero no tienen derechos, incluyendo los políticos?

Evidentemente, aun reduciendo el escenario de los derechos a la cuestión política, el tema es mucho más complejo. Baste plantear lo siguiente: ¿cómo se realiza la representación política de la población mexicana en el extranjero en la integración de las instituciones del Estado? Nada simple de resolver el asunto, pero es necesario aclararlo e implementarlo. Las iniciativas sobre “diputaciones migrantes” o incluso “senadurías migrantes” son valiosas, pero notoriamente insuficientes ante el nuevo panorama de la nación y sus poblaciones en el territorio y fuera del territorio.

En materia de derechos políticos –usados como ejemplo del complejo bosque de los derechos de la población mexicana nacida o residente en el extranjero– la cuestión del voto ilustra claramente las limitaciones que tiene nuestro imaginario sobre quiénes somos ahora las y los mexicanos. Las exclusiones en curso demuestran el rezago de las instituciones del Estado, que permanecen inmersas en un paradigma cultural y jurídico que ya no corresponde a la nación del siglo XXI. Tenemos entonces la tarea de reformar al Estado con base en la perspectiva transterritorial, a pesar de que la discusión política y las actuales élites directivas del poder insistan en mover el reloj en dirección contraria.

  • ¿Cómo sacudir al viejo árbol “cuentachiles”? La ruta de futuro es larga y sinuosa, sin duda, pero sobre todo vislumbra horizontes con enormes potencialidades. Por cierto, dicho sea de paso, la militarización de la administración pública y del Estado es la regresión más grave en curso, de repercusiones mayores. Cambiemos el plano y mejor avancemos en la dirección correcta que inicia por darnos cuenta de las nuevas y excepcionales dimensiones de la nación.



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