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Llega la hora de declararse

El uso obligado de comprobantes fiscales digitales por Internet desde 2014 en todas las operaciones comerciales y de servicios, permite monitorear casi ‘en vivo’ a los contribuyentes

gilberto.banda@elmanana.com

Marzo es el período en el que todas las empresas sean o no lucrativas deben enviar por Internet su declaración a Hacienda.Llega la hora de declararse

Las reformas al Código Fiscal, la Ley Anti lavado de dinero (Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita) y más recientemente la de Extinción de Dominio configuran una estructura jurídica que vale la pena considerar, antes de enviar este documento al fisco, pues ello implica una gran responsabilidad legal.  

Dado que la contabilidad se envía cada mes, y que las facturas electrónicas de ingresos y costos deben conciliar con los movimientos en las cuentas bancarias del negocio, se recomienda cotejar toda esta información con lo ´almacenado´ en la página electrónica del SAT, en opinión del Contador Alberto Tea Carrazco, especialista en impuestos.

Resulta básico que el resumen de información anual haya sido previamente supervisado, pues ello permitirá tener certeza de las cifras a informar en el nuevo formato digital que aparece “pre llenado” en algunos renglones, ya que, en caso de diferencias, el SAT sugiere modificar presentando declaraciones complementarias, en cada uno de los meses que procedan.

El contador Alberto Tea, ex presidente del Colegio de Contadores Públicos de Reynosa subrayó que son varios elementos con que cuenta la Secretaria de Hacienda, además de los datos electrónicos y se trata por ejemplo de  la Información proporcionada por entidades financieras (Bancos, Casas de Bolsa, Casas de Cambio, etc.); Información estadística de Estados, Municipios y organismos descentralizados; Información consignada en escrituras públicas (informada por Notarios) y la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT), ( datos de Proveedores), entre otras.

2020 muestra un escenario muy complejo, por lo que al preparar la Declaración Anual del ejercicio fiscal 2019, las empresas deben considerar que continúan vigentes algunas facilidades, exenciones y estímulos fiscales. 

Dependiendo de su actividad y condiciones específicas, algunas empresas pueden amortizar perdidas de ejercicios anteriores (hasta 10 años); además cumpliendo ciertos requisitos pueden deducir cuentas que se consideren incobrables (previa gestión jurídica de cobro); así como aplicar el efecto inflacionario a la deducción de sus inversiones o activos fijos.



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