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Juez libera cuentas de General huachicolero

Se concedió un amparo al acusado

Ciudad de México.

PROCESO. El General de la Sedena, Eduardo León Trauwitz, acusado de huachicol, logra la inmediata liberación de sus cuentas bancarias.Juez libera cuentas de General huachicolero

Un juez federal concedió un amparo al General de la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), Eduardo León Trauwitz, acusado de huachicol, y ordenó la inmediata liberación de sus cuentas bancarias.

El Juez Décimo Quinto de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México consideró que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) aplicó a León Trauwitz un artículo de la Ley de Instituciones de Crédito que desde hace dos años fue declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Por ello, concedió el amparo hasta en tanto la ley y las normas complementarias sean reformadas conforme al criterio de la Corte que establece que las "listas negras" por las que la UIF señala a personas sospechosas de lavado de dinero para que sus cuentas sean bloqueadas, es inconstitucional.

"Lo procedente es conceder el amparo y la protección de la Justicia de la Unión a la parte quejosa también respecto de tales actos, para el efecto de que las responsables titular y director de Procesos Legales 'A', ambos de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; en el ámbito de sus respectivas competencias, en un término de tres días, dicten una nueva determinación en la cual dejen insubsistentes los actos que se le atribuye (…).

"Únicamente respecto del aquí quejoso y, en el mismo acto giren a las entidades, dependencias, autoridades, instituciones de crédito, sociedades operadoras de fondos de inversión, distribuidoras de acciones de fondos de inversión, sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias, organismos de operación financiera rural, las órdenes, mandamientos, instrucciones, oficios o cualquier otro documento que resulte necesario a fin de que dejen insubsistentes las órdenes previamente recibidas y derivadas de los actos aquí declarados inconstitucionales, es decir, que procedan a la inmediata liberación de las cuentas bancarias del aquí quejoso", indicó el juez.



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