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Intercambio de criptomonedas debe cumplir la ley antilavado

Tendrán que incorporarse al padrón de actividades vulnerables del SAT

Intercambio de criptomonedas debe cumplir la ley antilavado

El intercambio de activos virtuales en México es considerada una actividad vulnerable al lavado de dinero y nanciamiento al terrorismo, advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Las instituciones nancieras que provean plataformas para realizar el intercambio deberán cumplir la ley antilavado en el país.

De acuerdo con la Ley Federal para la Prevención e Identicación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, desde el 9 de septiembre de 2019, ese tipo de operaciones son consideradas como actividad vulnerable al lavado.

También se incluyen como susceptibles para blanquear o nanciar a terroristas a las facilitadoras de wallets, sitios de compra-venta de activos virtuales, casas de venta de criptomonedas, cajeros de los activos y plataformas digitales.

Tendrán que incorporarse al padrón de actividades vulnerables del SAT, están obligadas a hacer la identicación de usuarios y, en su caso, solicitar la información del dueño beneciario.

Deberán avisar a las autoridades cuando se realicen operaciones por una cantidad igual o superior a 645 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalentes a 54 mil 496 pesos. Además, tendrán que actualizar sus datos en el padrón de actividades vulnerables.



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