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Inconstitucional la ‘Ley Bonilla’

La Corte tendrá la última palabra ante las acciones en contra de la reforma en BC, que se han presentado

Inconstitucional la ‘Ley Bonilla’

Ciudad de México.

En una opinión jurídica enviada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, consideraron inconstitucional la llamada “Ley Bonilla”.

 Se trata de la reforma a la Constitución de Baja California por la que el Congreso de esa entidad decidió ampliar el periodo del Gobernador Jaime Bonilla de dos a cinco años.

 Suscrito por los siete magistrados, el documento con la opinión jurídica de los integrantes de la sala superior registrado como SUP-OP-5/2019 -al cual Reforma tuvo acceso- hace referencia a la reforma aprobada por el Congreso de Baja California para modificar el mandato del Gobernador que tomó posesión el 1 de noviembre.

 “El Decreto 351, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el diecisiete de octubre de dos mil diecinueve por el que se reforma el artículo Octavo Transitorio del Decreto 112 de la Constitución local, de once de septiembre de dos mil catorce, se aparta de la regularidad constitucional”, sostienen los siete magistrados en un documento enviado a la Corte.

 El documento, que se incorporará al expediente de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por diversos actores, tiene la firma del magistrado Presidente Felipe Fuentes Barrera así como los magistrados Felipe de la Mata Pizaña y Indalfer Infante González.

 También la magistrada Janine Otálora Malassis, Reyes Rodríguez Mondragón, Mónica Aralí Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez, así como la Secretaria General de Acuerdos Berenice García Huante.

SE DESLINDAN DE OPINAR SOBRE LA REFORMA DE 2014

Luego de una exposición jurídica detallada, los magistrados electorales se deslindaron de opinar sobre las impugnaciones al proceso legislativo de la reforma electoral de 2014, con base en la cual se celebró la elección estatal del 2 de junio.

 Esa reforma es la que establece que el Gobernador constitucional electo en esa fecha estará en el cargo del 1 de noviembre de 2019 al 31 de octubre de 2021.  Sin embargo, en la opinión jurídica directa sobre el proceso legislativo de esa reforma, uno de los alegatos de Bonilla, no fue abordado por los magistrados.

 “No son materia de opinión los motivos de invalidez relacionados con las violaciones al procedimiento legislativo, y a los principios constitucionales de retroactividad, división de poderes prohibición de leyes privativas y conclusión de los efectos del artículo Octavo Transitorio del Decreto 112, por no ser de naturaleza electoral”, exponen en el documento los magistrados.

 Esa reforma del 2014 fue impugnada con anterioridad ante la sala superior con diversos recursos ante las autoridades electorales locales por el entonces candidato de Morena a la Gubernatura Jaime Bonilla.

 Bonilla impugnó el periodo de dos años, así como su registro como candidato, en un ir y venir de recursos entre autoridades electorales locales y la sala superior del TEPJF -en donde también el tribunal local ampliaba el periodo-.



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