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Exhortan a contribuyentes a acceder a estímulo fiscal

Se deben registrar a más tardar el 31 de marzo del ejercicio fiscal y los contribuyentes inscritos al RFC a la entrada en vigor de los Decretos

Las personas físicas y personas morales, que realicen los actos o actividades consistentes en la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes pueden solicitar su registro para acceder a los estímulos fiscales que otorga el Gobierno Federal. 

Exhortan a contribuyentes a acceder a estímulo fiscal

En los Decretos publicados publicados el 30 de diciembre de 2020 en el Diario Oficial de la Federación, se desprenden beneficios consistentes en la disminución de la carga fiscal referente al impuesto al valor agregado (IVA) y al impuesto sobre la renta (ISR) de las empresas y personas físicas con actividad empresarial de las zonas fronterizas. 

Para formar parte del padrón, solamente tienen que presentar el aviso en el portal: sat.gob.mx, al mini sitio estímulos fiscales para la región fronteriza norte y sur. 

El beneficio consiste en un crédito fiscal equivalente al 50 por ciento del IVA que, como una facilidad, se aplicará en forma directa sobre la tasa de 16 por ciento, a fin de que resulte una tasa disminuida de 8 por ciento, siempre que el local o establecimiento de la persona contribuyente que la aplique esté dentro de la región fronteriza norte y que la entrega del bien o servicio sea dentro de dichas regiones. 

En cuanto al ISR, este estímulo consiste en un crédito fiscal equivalente a la tercera parte del ISR causado en el ejercicio o en los pagos provisionales, el cual se acreditará contra el impuesto causado en el período de que se trate. 



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