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Entra la prohibición de bestias en circos

Orden para localizar y detener a funcionarios

México, D.F.

Entra la prohibición de bestias en circos

El decreto, publicado el 9 de enero en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece que los circos presentarán a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) de forma inmediata una base de datos que incluya el número y características de los ejemplares de vida silvestre que posean.

Las bases de datos se pondrán a disposición de los zoológicos del país para que éstos estén en posibilidades de seleccionar a los ejemplares que sean susceptibles de ser integrados a sus colecciones.

De acuerdo con las nuevas reformas y disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) y de la Ley General de Vida Silvestre, los ejemplares de vida silvestre incluidos en las bases de datos que no sean seleccionados por los zoológicos podrán ser entregados por sus poseedores a los Centros para la Conservación e Investigación de la Vida Silvestre, pertenecientes a la Semarnat.

Lo anterior, con el objeto de que no impliquen gasto por concepto de manutención de animales que ya no podrán ser utilizados en sus centros de trabajo.

Para el caso de los predios e instalaciones que manejen vida silvestre en forma confinada, como zoológicos, espectáculos públicos y colecciones privadas, el decreto indica que sólo podrán operar si cuentan con planes de manejo autorizados por la Semarnat y además deberán registrarse y actualizar sus datos anualmente ante la autoridad correspondiente.



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