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Empresas no pueden incumplir las utilidades

Podría acordarse con los trabajadores realizar el pago en forma diferida, pero no exentarlo

El pago de utilidades de parte de las empresas a sus trabajadores corresponde a un derecho previsto en la Ley Federal del Trabajo en sus Artículos 117 al 131 y en los Reglamentos de los Artículos 121 y 122 de la Ley Federal del Trabajo, es un derecho que tienen los trabajadores y no pueden evadir el cumplimiento de esta disposición.

Adriana Garza Reyna.Empresas no pueden incumplir las utilidades

Reveló que los patrones pueden argumentar pérdidas o afectaciones económicas por pago de sueldos por las disposiciones sanitarias de la cuarentena, podría acordarse con los trabajadores realizar el pago de utilidades en forma diferida, pero no exentar su pago.

El dinero de utilidades corresponde al ejercicio fiscal anterior, es decir al año 2019, en consecuencia no se cuenta el presente 2020 como referente.

Garza Reyna explicó que la participación de las utilidades es un derecho de los trabajadores, y son sujetos obligados a repartir utilidades las personas físicas y morales con actividades de producción o distribución de bienes o servicios, tengan trabajadores a su servicio, mediante el pago de un salario. 

De acuerdo a la misma Ley Federal del Trabajo, el pago de esta prestación se otorgará en el caso de personas morales en el plazo del 1 de abril al 30 de mayo y del 1 de mayo al 29 de junio en las personas morales.

El pago de utilidades es una prestación que los trabajadores esperan con ánimo durante el año, toda vez que consideran que este dinero contribuye de alguna forma  elevar su nivel económico y de sus familias y a mejorar la distribución de la riqueza.

La obligación de repartir utilidades no es para todos los patrones, dentro de esas empresas exceptuadas a repartir utilidades encontramos las siguientes:

Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento; las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento. La determinación de la novedad del producto se ajustará a lo que dispongan las leyes para fomento de industrias nuevas; las empresas de industria extractiva, de nueva creación, durante el período de exploración.

Las instituciones de asistencia privada, reconocidas por las leyes, que con bienes de propiedad particular ejecuten actos con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

Dentro de los trabajadores con derecho al reparto de utilidades tenemos a los trabajadores activos y los ex trabajadores, que hayan laborado durante el ejercicio fiscal que se reparten utilidades, también serán considerados como activos las madres trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales.



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