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Dependientes de desaparecidos pueden seguir cobrando pensión

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Dependientes de desaparecidos pueden seguir cobrando pensión

Ciudad de México.

La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley del Seguro Social para garantizar que los familiares de un pensionado puedan seguir cobrando esa prestación económica, aunque el titular del beneficio se encuentre en calidad de desaparecido.

Durante el primer periodo ordinario de sesiones del segundo año de la LXIV Legislatura, una adición al Artículo 137 de dicha ley se reformó para que cuando una familia o una persona dependen de la pensión del trabajador beneficiario y desaparezca, si no tiene otro ingreso el dependiente, se transfiera el beneficio pues de otra forma se genera una grave situación de precariedad.

Por ello los diputados tomaron en cuenta que, si un pensionado desaparece de su domicilio por más de un mes sin que se tengan noticias de su paradero, los beneficiarios con derecho a la pensión disfrutarán de ella, en los términos que dicta la sección referente a causa de muerte por seguro de invalidez y vida, con carácter provisional, previa solicitud respectiva.

Además, si posteriormente y en cualquier tiempo el pensionado se presentase tendrá derecho a disfrutar él mismo su pensión y a recibir las diferencias entre el importe original y el que hubiese sido entregado.



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